DECRETO 4112.010.20.0520 DE 2016
(septiembre 28)
Boletín Oficial No. 149. Año 2016, septiembre 29.
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se establece la planta de personal de la alcaldía de Santiago de Cali
El ALCALDE MUNICIPAL DE SANTIAGO DE CALI,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO
Que la Alcaldía de Santiago de Cali, elaboró los estudios de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su planta de personal.
Que la Subdirectora de Finanzas Públicas del Departamento Administrativo de Hacienda, mediante oficio con radicado N.º 2016413120014964 del 28 de septiembre de 2016, certificó que el costo de la nueva planta global de cargo propuesta cumple con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 819 de 2003.
Que la Directora del Departamento Administrativo de Planeación Municipal, mediante Certificación del 28 de septiembre de 2016, certificó que el proceso de determinación de la nueva estructura de la Administración Central Municipal está sustentado en estudios técnicos elaborados conforme a las directrices y metodologías del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Escuela Superior de Administración Pública – ESA -.
Que el Director de Desarrollo Administrativo, mediante Certificación con radicado N.º 2016412210071754 del 28 de septiembre de 2016, certificó que el proceso de determinación de la Escala Salarial, la Planta de Cargos y el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Administración Central de la Alcaldía de Santiago de Cali, está sustentado en estudios técnicos elaborados conforme a las directrices y metodologías del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Escuela Superior de Administración Pública – ESA -.
Que él mediante oficio N.º 2016412210066184 del 7 de septiembre de 2016 expedido por el Subdirector Administrativo de Recurso Humano y la Profesional Universitario (E) del Subproceso de Planeación del Talento Humano de la Dirección de Desarrollo Administrativo, certifican la vacancia definitiva de los cargos a suprimir.
Que de conformidad con el Decreto N.º 411.0.020.0519 del 28 de septiembre de 2016 “POR EL CUAL SE FIJAN LAS ESCALAS DE REMUNERACIÓN CORRESPONDIENTES A LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DE EMPLEOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO 2017”, se modificaron los grados salariales de los siguientes empleos:
Que por lo expuesto,

DECRETA
ARTÍCULO 1. <Consultar Decretos que modifican este artículo en Notas de Vigencia. El texto ORIGINAL es el siguiente:> SUPRIMIR los siguientes empleos de la planta de personal de la Administración Central de la Alcaldía de Santiago de Cali:



ARTÍCULO 2o. CREAR los siguientes empleos en la planta de personal de la Administración Central de la Alcaldía de Santiago de Cali:

ARTÍCULO 3o. <Consultar Decretos que modifican este artículo en Notas de Vigencia. El texto ORIGINAL es el siguiente:> Las funciones propias de la Alcaldía de Santiago de Cali, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:




ARTÍCULO 4o. <Artículo modificado por el artículo 4 del Decreto 4112.010.20.0715 de 27 de diciembre de 2016 de la Alcaldía de Santiago de Cali. El nuevo texto es el siguiente:> Establecer en trescientos setenta y cuatro (374) el número total de trabajadores oficiales vinculados por contrato de trabajo al servicio de la administración Central de la Alcaldía de Santiago de Cali al 1 de Enero de 2017.
PARAGRAFO: A la terminación del contrato de trabajo, estos empleos no serán provistos ni se generarán vacantes, en virtud de lo acordado en el Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero del Municipio de Cali (Valle del Cauca) suscrito con las Instituciones Financieras Acreedoras
ARTÍCULO 5o. El alcalde distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 3o.. del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
ARTÍCULO 6o. Los empleados públicos a quienes se les cambia la denominación del cargo o el grado salarial, deben ser incorporados a la nueva planta de personal que se adopta en el presente Decreto, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles contados a partir del 01 de enero de 2017.
PARÁGRAFO 1o. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
PARÁGRAFO 2º. A los empleados vinculados actualmente en la Administración Central de la Alcaldía de Santiago de Cali, no se les exigirá requisitos distintos a los ya acreditados y solo requerirán de la firma del acta de posesión.
ARTÍCULO 7o. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y Decreto 1083 de 2015 y las demás disposiciones que le modifiquen, ja adicionen o sustituyan.
ARTÍCULO 8o. <Artículo modificado por el artículo 6 del Decreto 4112.010.20.0715 de 27 de diciembre de 2016 de la Alcaldía de Santiago de Cali. El nuevo texto es el siguiente:> El presente Decreto rige a partir del 1 de Enero de 2017 y Deroga las disposiciones que le sean contrarias y en especial el Decreto 411.0.20.043 de 2015 y el Artículo Primero de los Decretos 411.0.20.0297, 411.0.20.0336, 411.0.20.0337, 411.0.20.0262, 411.0.20.0292, 411.0.20.0341, 411.0.20.0342, 411.0.20.0343, 411.0.20.0338, 411.0.20.0339, 411.0.20.0376, 411.0.20.0391, 411.0.20.0410, 411.0.20.0344, 411.0.20.0345, 411.0.20.0433, 411.0.20.0434, 411.0.20.0466, 411.0.20.0411, 411.0.20.0412, 411.0.20.0481, 411.0.20.0488, 411.0.20.0491, 411.0.20.0473, 411.0.20.0480, 411.0.20.0552, 411.0.20.0553, 411.0.20.0582, 411.0.20.0489, 411.0.20.0551, 411.0.20.0692, 411.0.20.0691, 411.0.20.0885, 411.0.20.0609, 411.0.20.0631, 411.0.20.0986, 411.0.20.0990, 411.0.20.0992, 411.0.20.0934, 411.0.20.0977, 411.0.20.1176, 411.0.20.1192 del año 2015. 411.0.20.1174, 411.0.20.1135,
Así mismo el Artículo Primero de los Decretos 411.0.20.0136, 411.0.20.0137, 411.0.20.0263, 411.0.20.0271, 411.0.20.0320, 411.0.20.0434, 411.0.20.0445 del año 2016; Igualmente el Artículo Segundo de los Decretos 411.0.20.0025, 411.0.20.0135, 411.0.20.0432 del año 2016.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado Santiago de Cali, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016).
MAURICE ARMITAGE CADAVID
Alcalde Municipal