DECRETO 411.0.20.0715 de 2016
(diciembre 27)
Boletín Oficial No. 201. Año 2016, diciembre 28
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se modifica parcialmente el decreto no. 411.0.20.0520 de 2016 por el cual se establece la planta de personal de la alcaldía de Santiago de Cali
EL ALCALDE MUNICIPAL DE SANTIAGO DE CALI,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento del artículo 315 de la Constitución Política numerales 3 y 7, el Alcalde de Santiago de Cali expidió el Decreto No. 411.0.020.0520 del 28 de septiembre de 2016 “POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ALCALDIA DE SANTIAGO DE CALI”, en virtud del mismo suprimió y creó algunos empleos y en aplicación de las normas que rigen el Servicio Público en Colombia procedió a la clasificación, codificación, reparto y separación de los diferentes empleos.
Que revisado el Decreto mencionado, se encontraron algunos errores formales de digitación que deben ser precisados para que, al momento de la vigencia del Decreto de la nueva Planta de Personal, este pueda aplicarse e implementarse de manera cabal y adecuada para que el mismo cumpla los fines y propósitos que inspiraron su modificación.
Que en el Municipio de Santiago de Cali, se expidieron diversos Decretos que incidieron en la estructura de la Planta de Personal de la Municipalidad, actos que deberán ser derogados una vez entre en vigencia el Decreto 411.0.20.0520 del 28 de septiembre de 2016, en aras de conservar la uniformidad normativa y seguridad jurídica que requiere la implementación de la nueva planta. Por ende, con el fin de brindar legalidad al proceso de implementación de la nueva Planta de Personal, se hace necesario modificar el Decreto 411.0.20.0520 del 28 de septiembre de 2016.
Que una vez analizada la estructura organizativa establecida en el Decreto 411.0.20.0520 del 28 de septiembre de 2016, se hace necesaria la creación de dos (2) cargos de Asesor Código 105, Grado 02, los cuales fueron incluidos dentro de la proyección de costos por concepto de nómina y demás gastos asociados para la vigencia 2017.
En razón de lo expuesto se,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Modificar el Artículo 1o del Decreto 411.0.20.0520 de 2016, en cuanto al nivel directivo respecto a la descripción del cargo Subdirector Administrativo, quedando de la siguiente manera:
| NATURALEZA DEL CARGO | FUENTE DE FINANCIACION | NIVEL CARGO | DESCRIPCION DEL CARGO | POSICION | CODIGO | GRADO | TOTAL |
| LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION | RECURSOS PROPIOS | DIRECTIVO | SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO | 20000026 | 068 | 04 | 3 |
| LIBRE | RECURSOS | DIRECTIVO | SUBDIRECTOR | 20000634 | 068 | 04 | 3 |
ARTÍCULO 2o. Modificar el Artículo 1o del Decreto 411.0.20.0520 de 2016, en cuanto al nivel directivo respecto de la descripción del cargo Subdirector Administrativo, quedando de la siguiente manera:
| NATURALEZA DEL CARGO | FUENTE DE FINANCIACION | NIVEL CARGO | POSICION | CODIGO | GRADO | TOTAL |
| LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION | RECURSOS PROPIOS | DIRECTIVO | SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO | 20000026 | 068 | 04 |
| LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION | RECURSOS PROPIOS | DIRECTIVO | SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO | 20000026 | 068 | 04 |
ARTÍCULO 3o. Modificar el Artículo 3o del Decreto 411.0.20.0520 de 2016, el quedará de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3o. Las funciones propias de la Alcaldía de Santiago de Cali serán cumplidas por la Planta de Personal que se establece a continuación:
<Consultar tabla en el Documento original directamente en el siguiente enlace: https://normograma.com/documentospdf/PDF/D_ALCACALI_0715_2016.pdf
PARÁGRAFO LA planta de personal de la secretaria de educación tiene como fuente de información la suministrada mediante Orfeo N° 20164143300 de 19 de septiembre de 2016 Decreto 411.0.20.0520 de 2016, el cual quedará de la siguiente manera:
ARTÍCULO 4o. Modificar el artículo 4o del decreto 411.0.20.0520 2016 el cual quedara de la siguiente manera
Artículo 4o. Establecer en trescientos setenta y cuatro (374) el número total de trabajadores oficiales vinculados por contrato de trabajo al servicio de la administración Central de la Alcaldía de Santiago de Cali al 1 de Enero de 2017.
PARAGRAFO: A la terminación del contrato de trabajo, estos empleos no serán provistos ni se generarán vacantes, en virtud de lo acordado en el Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero del Municipio de Cali (Valle del Cauca) suscrito con las Instituciones Financieras Acreedoras
ARTÍCULO 5o. Establecer en veintiocho (28) el número total del personal al servicio del Instituto Popular de Cultura-Secretaria de Educación, Alcaldía de Santiago de Cali, al 1 de Enero de 2017.
PARÁGRAFO. A la Finalización de la vinculación del personal al servicio del Instituto Popular de Cultura estos empleos no serán provistos ni se generarán vacantes, dado que sus denominaciones no existen en la planta actual de la administración central, ni corresponden a las contempladas en Artículo 15 del Decreto 785 de 2005.
ARTÍCULO 6o. Modificar el artículo 8o del Decreto 411.0.20.0520 de 2016, el cual quedará de la siguiente manera:
Artículo 8o. El presente Decreto rige a partir del 1 de Enero de 2017 y Deroga las disposiciones que le sean contrarias y en especial el Decreto 411.0.20.043 de 2015 y el Artículo Primero de los Decretos 411.0.20.0297, 411.0.20.0336, 411.0.20.0337, 411.0.20.0262, 411.0.20.0292, 411.0.20.0341, 411.0.20.0342, 411.0.20.0343, 411.0.20.0338, 411.0.20.0339, 411.0.20.0376, 411.0.20.0391, 411.0.20.0410, 411.0.20.0344, 411.0.20.0345, 411.0.20.0433, 411.0.20.0434, 411.0.20.0466, 411.0.20.0411, 411.0.20.0412, 411.0.20.0481, 411.0.20.0488, 411.0.20.0491, 411.0.20.0473, 411.0.20.0480, 411.0.20.0552, 411.0.20.0553, 411.0.20.0582, 411.0.20.0489, 411.0.20.0551, 411.0.20.0692, 411.0.20.0691, 411.0.20.0885, 411.0.20.0609, 411.0.20.0631, 411.0.20.0986, 411.0.20.0990, 411.0.20.0992, 411.0.20.0934, 411.0.20.0977, 411.0.20.1176, 411.0.20.1192 del año 2015. 411.0.20.1174, 411.0.20.1135,
Así mismo el Artículo Primero de los Decretos 411.0.20.0136, 411.0.20.0137, 411.0.20.0263, 411.0.20.0271, 411.0.20.0320, 411.0.20.0434, 411.0.20.0445 del año 2016; Igualmente el Artículo Segundo de los Decretos 411.0.20.0025, 411.0.20.0135, 411.0.20.0432 del año 2016.
ARTÍCULO 7o. El Alcalde, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 3 del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
ARTÍCULO 8o. Los demás articulados quedan incólumes.
ARTÍCULO 9o. El presente Decreto rige a partir del 1 de Enero de 2017.
COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado Santiago de Cali, a los veintisiete (27) días del mes de diciembre del año Dos mil dieciséis (2016).
MAURICE ARMITAGE CADAVID
Alcalde Municipal de Santiago de Cali