Buscar search
Índice developer_guide

DECRETO 4112.010.20.0038 de 2021

(enero 29)

Boletín Oficial No. 15. Año 2021, enero 29

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

Por el cual se deroga el decreto 042 de 2017 el cual conforma el comité de comunicación organizacional y se dictan otras disposiciones.

EL ALCALDE SANTIAGO DE CALI,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 315, numeral 3, de la Constitución Nacional; Ley 136 de 1994 modificada por la Ley 1551 de 2012; Ley 489 de 1998 y en especial las contenidas en la Ley 87 de 1993 y la Ley 872 de 2003 y,

CONSIDERANDO:

Que, el Plan de Comunicaciones Organizacional e Informativa del Municipio de Santiago de Cali, aprobado por el Comité de Control Interno en su sesión del 16 de diciembre de 2009, establece en su artículo 12.1.3.: 'Política Operativa. 'La entidad contará con un Comité de Comunicación Organizacional que será liderado y coordinado por la Oficina Asesora de Comunicaciones.

Que, el Decreto 0198 de 2010 conformó el Comité de Comunicación Organizacional en el Municipio de Santiago de Cali, el cual fue modificado por el Decreto 260 de 2016 en cuanto al número de integrantes de dicha instancia.

Que, el Decreto 0042 del 23 de enero de 2017, ajustó la conformación del Comité de Comunicación Organizacional de la Administración Central de Santiago de Cali de acuerdo con las nuevas denominaciones y funciones asignadas a los organismos creados por el Decreto Extraordinario Municipal 0516 de 2016.

Que, la nueva Administración municipal 2020-2023 estudió las funciones asignadas al Comité de Comunicación Organizacional y encontró que estas no dialogan con el objetivo del subproceso Comunicación Organizacional, por lo tanto, debe reestructurarse el Decreto 0042 de 2017.

Que, en la conformación del Comité de Comunicación Organizacional debe incluirse un quinto miembro, que permita una composición impar para impedir posiciones empatadas.

Que, en virtud de lo anterior,

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. el Comité de Comunicación Organizacional de la Administración Central del Municipio de Santiago de Cali, quedará integrado así:

- El o la directora(a) del Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional o su delegado (a).

- El o la directora(a) del Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, o su delegado (a).

- El o la secretario(a) de Gobierno, o su delegado(a).

- El jefe o la jefa de la Oficina de Comunicaciones, o su delegado(a).

- El o la subdirector(a) de Gestión Estratégica del Talento Humano o su delegado(a).

PARÁGRAFO 1o. El Comité será presidido por el o la jefe (a) de la Oficina de Comunicaciones.

PARÁGRAFO 2o. Los(as) directores(as) de los Departamentos de Control Interno y Control Disciplinario Interno serán invitados(as) permanentes al Comité de Comunicación Organizacional.

El Comité podrá tener invitados(as) a las sesiones, servidores(as) de otros organismos o personas cuya presencia sea necesaria para ilustrar los diferentes temas de competencia del Comité.

ARTÍCULO SEGUNDO. serán funciones del Comité de Comunicación Organizacional:

1. Establecer la existencia de un diagnóstico en materia de comunicación interna de la Administración Central de Santiago de Cali.

2. Apoyar el desarrollo de estrategias de comunicación interna con los procesos de la entidad, los Sistemas de Gestión. y Control Integrados y el Modelo Integrado de la Planeación y Gestión (MIPG), con el fin de fortalecer la interacción permanentemente, entre los servidores públicos, prestadores de servicio y nivel directivo, para contribuir a la mejora del clima y cultura organizacional y el cumplimiento de lo dispuesto en la normatividad que regula la materia.

3. Aprobar los requerimientos hechos por el Subproceso Comunicación Organizacional en cuanto a actualización y mejora de los canales de comunicación internos de la entidad.

4. Aprobar el Plan Temático de Comunicación Organizacional, basado en las dimensiones de MIPG y encaminado a generar sentido de pertenencia, identidad, participación, actitud de servicio, visión compartida, servicio con valores éticos y trabajo colaborativo.

5. Revisar y aprobar, cuando se requiera, la actualización del Protocolo de Manejo de los Medios de Comunicación Interna.

6. Conocer el cumplimiento del Plan Temático de Comunicación Organizacional y formular recomendaciones si las hubiere.

7. Conocer el cumplimiento de la política contemplada en el Plan de Comunicación Organizacional e Informativa, componente 7.1. Carácter de la Comunicación Organizacional y hacer las recomendaciones, si las hubiere.

8. Conocer la medición de impacto de los mensajes emitidos desde el Subproceso Comunicación Organizacional entregado por la Oficina de Comunicaciones y realizar recomendaciones pertinentes, si las hubiere.

9. Conocer los estudios de clima y cultura organizacional realizados por el Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional y hacer las recomendaciones pertinentes, si las hubiere.

10. Conocer los resultados de medición de impacto, las estrategias de comunicación interna implementadas y realizar las recomendaciones respectivas, si las hubiere.

ARTÍCULO TERCERO. Reuniones. El Comité de Comunicación Organizacional se reunirá por lo menos, tres (3) veces al año. Las reuniones extraordinarias podrán ser convocadas cuando las circunstancias así lo ameriten, con la anticipación que se estime conveniente, por iniciativa de cualquiera de sus integrantes. A las convocatorias se adjuntará la documentación pertinente de acuerdo con la agenda propuesta.

ARTÍCULO CUARTO. La Secretaría Técnica del Comité estará a cargo del profesional universitario, líder del Subproceso Comunicación Organizacional, quien se encargará de convocar a las reuniones y llevar las actas respectivas.

ARTÍCULO QUINTO. El presente Decreto deroga los actos administrativos que le sean contrarios, en especial el Decreto 4112.010.20.0042 de 2017.

ARTÍCULO SEXTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio de Santiago de Cali.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santiago de Cali, a los veintinueve (29) días del mes de Enero del 2021.

JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ

Alcalde de Santiago de Cali.

×
Volver arriba