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DECRETO 4112.010.20.0631 DE 2025

(agosto 28)

Boletín Oficial No. 148. Año 2025, septiembre 23

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

Por el cual se implementa la metodología de depuración normativa para actos de carácter general y abstracto expedidos en el distrito especial de Santiago de Cali y se dictan otras disposiciones

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,

en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, dispone que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en el país, en el ejercicio de sus derechos y libertades, artículo 2. Por su parte, el artículo 209 contempla los principios orientadores de la función administrativa, entre los cuales se resaltan los de eficacia, economía y celeridad.

Que el Estado Colombiano mediante el CONPES 3816 de 2014, "Mejora Normativa: Análisis de impacto", acogió las recomendaciones dadas por la OCDE sobre la política regulatoria en Colombia, con la cual se pretende "avanzar en la adopción y adaptación de herramientas, el desarrollo de la institucionalidad, y la generación de capacidades a partir de las cuales sea posible asegurar la calidad de las normas" y "garantizar que las normas se ajusten a los principios constitucionales que rigen el funcionamiento del Estado colombiano y brinden seguridad jurídica".

Que el Decreto 1083 de 2015 en el artículo 2.2.22.2.1, contempla como una de las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, la de Mejora Normativa, que tiene por objetivo: "(...) promover el uso de herramientas y buenas prácticas regulatorias, con el fin de lograr que las autoridades encargadas de expedir regulaciones, tanto en el nivel nacional como en el territorial, tengan en cuenta los parámetros de calidad técnica y jurídica y resulten eficaces, eficientes, transparentes, coherentes y simples, en aras de fortalecer la seguridad jurídica y un marco regulatorio que facilite el emprendimiento, la competencia, la productividad, el desarrollo económico y el bienestar social (DNP, 2022). De esta manera, el objetivo de la PMN no es otro que el de construir sociedades capaces de utilizar mejor sus recursos y generar mayor bienestar social para sus habitantes..."

Que como materialización de los principios que rigen la Política de Mejora Normativa, el ciclo de Gobernanza Regulatoria contempla siete (7) etapas, a saber: Planeación, diseño de la regulación, redacción proyecto de regulación, consulta pública, revisión de calidad, publicación y evaluación. En esta última etapa, evaluación, una de las herramientas utilizadas consiste en la depuración normativa, la cual tiene como propósito: "(...) derogar de manera expresa las disposiciones normativas que, pese a estar formalmente vigentes, no están produciendo efectos jurídicos o resultan contradictorias con normas jurídicas superiores."

Que el Ministerio de Justicia y del Derecho como responsable de proponer lineamientos y metodologías para que la producción normativa, expidió la Metodología de Depuración Normativa para las Entidades Territoriales, versión 4, en el año 2024, en la cual aborda los conceptos, criterios, objetivos y el desarrollo operativo para la depuración normativa.

Que Decreto Distrital No. 4112.010.20.0965 del 19 de diciembre de 2023, establece el procedimiento para la "PROYECCIÓN, REVISIÓN, EXPEDICIÓN Y PUBLICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS, PROYECTOS DE ACUERDO, CONCEPTOS JURÍDICOS Y OTROS DOCUMENTOS DE CONTENIDO, TRASCENDENCIA E IMPACTO JURÍDICO EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE SANTIAGO DE CALI, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

Que conforme lo señalado en el artículo 2 del Decreto Distrital antes referido, la finalidad del mismo es: "(...) definir políticas, actualizar y fortalecer el proceso de mejora normativa para la expedición de actos administrativos y conceptos jurídicos, en procura de verificar su convencionalidad, constitucionalidad, legalidad, pertinencia, necesidad, coherencia, unidad, completitud, eficacia y conveniencia, simplificación y seguridad jurídica, que conduzcan a una adecuada edificación del ordenamiento jurídico de la Administración Central de Santiago de Cali. Asimismo, se encamina a racionalizar la emisión de actos administrativos, evita la proliferación y dispersión normativa, y optimizar el uso de los recursos físicos, técnicos y administrativos inherentes a dicha actividad."

Que con el Decreto Distrital No. 4112.010.20.1003 del 28 de diciembre de 2023, se "PROTOCOLIZA LA ADOPCIÓN DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN - MIPG, SE ADOPTA LA ACTUALIZACIÓN DEL MODELO DE OPERACIÓN POR PROCESOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES", incorporando entre otros, la Política de Mejora Normativa, artículos 4 a 8, asignando el liderazgo de la misma al Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública.

Que el Plan de Desarrollo del Distrito Especial de Santiago de Cali, 2024 - 2027, "Cali, Capital Pacífica de Colombia", contempla como un propósito "Cali, con Buen Gobierno", dentro del cual se instituye el reto de "Gestión Pública al servicio del ciudadano" y dentro del mismo el programa de "Fortalecimiento Institucional", el cual tiene previsto como indicador de producto: "Documentos de lineamientos institucionales que describen, explican y contienen las condiciones necesarias para un adecuado ciclo de defensa jurídica, mejora normativa y prevención del daño antijurídico".

Que con el propósito de implementar la Metodología de Depuración Normativa en el Distrito Especial de Santiago de Cali, se hace necesario establecer una estructura de trabajo interna que permita definir y orientar estrategias para la ejecución de las actividades, entre ellas y como un primer paso, el levantamiento y consolidación de un inventario normativo de los actos de carácter general y abstracto, conforme al alcance temporal y material que defina la estructura coordinadora de la Depuración Normativa.

Que, por lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Decreto tiene como objetivo implementar en la administración central del Distrito Especial de Santiago de Cali, la Metodología de Depuración Normativa expedida por el Ministerio de Justicia y del Derecho para entidades territoriales, con el fin de fortalecer el principio de seguridad jurídica y aplicar los criterios de depuración a los actos administrativos de carácter general y abstracto emitidos por la administración distrital.

PARÁGRAFO. La Metodología de Depuración Normativa comprende las siguientes etapas:

a) Conformación estructura de trabajo,

b) Levantamiento y consolidación del inventario normativo territorial a depurar,

c) Inicio del desarrollo del proceso de depuración normativa (análisis del inventario normativo a depurar)

d) Participación ciudadana,

e) Revisión de los resultados del análisis de las disposiciones normativas)

f) Inclusión en la agenda regulatoria, elaboración del proyecto de depuración y demás requisitos de la producción normativa;

g) Revisión y viabilidad del proyecto de decreto que determina la depuración normativa,

h) Expedición del decreto por el cual se determina la depuración normativa en el Distrito Especial,

i) Publicación en el Boletín Oficial,

j) Divulgación por los medios de comunicación del Distrito Especial de Santiago de Cali.

CAPÍTULO I.

CONFORMACIÓN ESTRUCTURA OPERATIVA

ARTÍCULO 2. COMITÉ DE DEPURACIÓN NORMATIVA. Con el propósito de implementar la Metodología de Depuración Normativa en el Distrito Especial de Santiago de Cali, se conforma el Comité de Depuración Normativa que estará integrado por los titulares de los siguientes organismos, a saber:

Secretaría de Gobierno, o su delegado.

Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional, o su delegado. Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública, o su delegado.

ARTÍCULO 3. FUNCIONES DEL COMITÉ DE DEPURACIÓN NORMATIVA. El Comité de Depuración Normativa tendrá como atribuciones las siguientes:

1. Determinar el alcance temporal y material del inventario normativo que se depurará.

2. Establecer estrategias que permitan la implementación de la Metodología de Depuración Normativa.

3. Articular y apoyar en las actuaciones que el líder general del proceso considere

necesarias para que operativamente se adelanten las diferentes etapas que conlleven a la depuración normativa en el Distrito Especial de Santiago de Cali.

4. Evaluar los informes de avances, logros, dificultades y resultados del proceso de depuración normativa que presente el Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública y adoptar las decisiones necesarias para el adecuado impulso y coordinación de las actividades requeridas en la implementación de la metodología.

ARTÍCULO 4. LIDERAZGO GENERAL. El Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública a través de su titular, ejercerá el rol de líder general de la implementación de la Metodología de Depuración Normativa en el Distrito Especial de Santiago de Cali, para lo cual le corresponde:

1. Coordinar todo el proceso de depuración normativa en el Distrito y conformar los equipos básicos de depuración normativa conforme a las estrategias definidas por el Comité de Depuración Normativa.

2. Proponer al Comité de Depuración Normativa el alcance temporal y material del inventario normativo que se depurará.

3. Coordinar el proceso de participación ciudadana, para lo cual contará con el apoyo de los restantes organismos que por su especialidad funcional deban concurrir en la ejecución de dicha actividad.

4. Revisar y validar en última instancia el resultado del proceso de depuración normativa.

5. Elaborar el proyecto normativo de depuración normativa en el Distrito Especial de Santiago de Cali e incluir en la agenda regulatoria de la vigencia en la cual se considere viable emitir tal decisión.

6. Presentar informes periódicos, mínimo uno semestral, sobre el avance de la implementación de la Metodología de Depuración Normativa; así como, conservar la trazabilidad del proceso y los avances, logros, dificultades y resultados del mismo.

ARTÍCULO 5. COORDINADOR JURÍDICO. La Subdirección de Doctrina y Asuntos Normativos del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública por intermedio de su titular, ejercerá el rol de coordinador jurídico del proceso de depuración normativa en el Distrito Especial de Santiago de Cali, a quien le corresponde:

1. Coordinar el proceso de depuración con los diferentes organismos de la administración central de Santiago de Cali.

2. Establecer estrategias para el levantamiento, consolidación y digitalización del inventario normativo territorial que será objeto de depuración normativa. .

3. Redistribuir entre los organismos, si es necesario, el inventario normativo territorial para que sea objeto de análisis y revisión jurídica por parte de los correspondientes equipos de trabajo que para tal propósito se constituyan.

4. Recurrir, en caso de ser necesario, al apoyo de los expertos para validar las opciones criterios depuración normativa en actos administrativos de carácter general y abstracto que presenten mayor dificultad.

5. Revisar y validar en segunda instancia el proceso de depuración normativa que adelante cada organismo conforme a la especialidad funcional y al sector que le corresponda.

6. Ejercer la secretaría del Comité de Depuración Normativa.

7. Proyectar las citaciones y demás comunicaciones que requiera el líder general del proceso de depuración normativa, así como, apoyar todos los requerimientos que sean necesarios para dar ejecución al proceso.

CAPÍTULO II.

INVENTARIO NORMATIVO Y DIRECTRICES

ARTÍCULO 6. IMPLEMENTACIÓN ESCALONADA. La implementación de la Metodología de Depuración Normativa en la administración central del Distrito de Santiago de Cali, respecto a los actos administrativos de carácter general y abstracto, se realizará de manera escalonada de acuerdo a las capacidades técnicas, operativas y financieras existentes en el Distrito

ARTÍCULO 7. ETAPA DE LEVANTAMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DEL INVENTARIO NORMATIVO TERRITORIAL. El Distrito Especial de Santiago de Cali implementará en la presente vigencia la primera etapa de depuración normativa que se centrará en realizar el levantamiento y consolidación del inventario normativo del Distrito, de conformidad con el alcance temporal y material que determine el Comité de Depuración Normativa y dentro del término que para tal efecto establezca.

PARÁGRAFO 1. Para iniciar con este ejercicio se priorizará la depuración normativa de los actos administrativos de carácter general y abstracto expedidos por el alcalde, denominados decretos. Posteriormente se ampliará el alcance a los actos de carácter general y abstracto tipología resoluciones expedidas tanto por el alcalde distrital como por los titulares de los organismos y finalmente con las circulares cuyo contenido constituya un acto administrativo de este tipo, de conformidad con las estrategias que establezca el Comité para Depuración Normativa.

PARÁGRAFO 2. El Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública como resultado del primer ejercicio de depuración normativa que adelante el Distrito, y conforme a las buenas prácticas y experiencias adquiridas, planteará y promoverá ante el Concejo Distrital de Santiago de Cali la necesidad de adelantar la depuración normativa a los Acuerdos expedidos por dicha Corporación Pública, para lo cual se abordarán las estrategias y gestiones que se consideren necesarias, de acuerdo al plan de trabajo que establezca el Comité para la Depuración Normativa.

ARTÍCULO 8. ACTUALIZACIÓN INVENTARIO NORMATIVO. El inventario normativo debidamente levantado y consolidado como resultado del primer ejercicio para lograr una depuración normativa en el Distrito Especial de Santiago de Cali, debe ser actualizado, si es del caso, y/o determinar ampliar el alcance conforme al límite temporal y material que se haya establecido inicialmente, para lo cual el Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública impartirá las respectivas directrices entre los organismos.

ARTÍCULO 9. FUENTES DE INFORMACIÓN. El resultado del inventario normativo del Distrito Especial de Santiago de Cali se nutrirá con las diferentes fuentes de información con que cuenta el ente territorial, tanto en archivo físico como en medio digital. A su vez, el ejercicio realizado permitirá actualizar o ajustar información de los actos administrativos de carácter general y abstracto que reposen en las fuentes de información, cuando se considere necesario, por ejemplo, cargar documentos digitalizados en PDF editable, entre otros aspectos que establezca el líder del proceso de depuración normativa.

ARTÍCULO 10. DE LAS RESTANTES ETAPAS DE LA DEPURACIÓN NORMATIVA. Una vez conformado el equipo de trabajo y consolidado el inventario normativo, se debe proceder al análisis jurídico y técnico de las normas que hacen parte del inventario, con el fin de identificar aquellas disposiciones que se enmarquen en alguno de los criterios de depuración normativa y proceder con las restantes etapas del proceso hasta culminar con la expedición y publicación del decreto que disponga la depuración normativa, etapas o fases que se ejecutarán progresivamente de acuerdo a las estrategias y cronograma de trabajo que para tal propósito establezca el Comité de Depuración Normativa y el líder del proceso.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santiago de Cali, a los (28) días del mes de Agosto del 2025.

ÁLVARO ALEJANDRO EDER GARCÉS

Alcalde de Santiago de Cali.

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