DECRETO 4112.010.20.0591 DE 2024
(junio 28)
Boletín Oficial No. 103. Año 2024, junio 28.
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se modifica el decreto 4112.010.20.0439 de junio 04 de 2024 "por el cual se reglamenta la contribución para el servicio de parqueadero o de estacionamiento fuera de vía publica en el distrito de Santiago de Cali, y se dictan otras disposiciones".
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en el artículo 315 de la constitución nacional en concordancia con el numeral 6 del literal a) del artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 315 superior, asignó en los alcaldes la potestad de encauzar el despliegue de las actividades administrativas de los organismos bajo su subordinación, en los siguientes términos:
"Artículo 315. Son atribuciones del alcalde:
(…)
3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes. (...)"
Que mediante Decreto 4112.010.20.0439 de junio 04 de 2024 el alcalde distrital de Santiago de Cali, reglamento la Contribución por el servicio de parqueadero o estacionamiento fuera de vía pública.
Que el Artículo séptimo del Decreto 4112.010.20.0439 de junio 04 de 2024 estableció que el cobro de la contribución por servicio de parqueadero o de estacionamiento fuera de vía pública, se haría exigible a partir del 01 de julio de 2024.
Que la Administración Distrital de Santiago de Cali consciente que el proceso de participación ciudadana de que trata la Ley 1757 de 2015 es un mecanismo de construcción social, que tiene como finalidad garantizar el ejercicio al derecho fundamental de los ciudadanos de acceder a la información pública, respondiendo sus solicitudes de buena fe, de manera adecuada, veraz, oportuna y gratuita en las decisiones que los afecten.
Que acogiendo las manifestaciones de la sociedad civil, organizaciones y gremios quienes sugieren modificar la entrada en vigencia para el cobro de la contribución por el servicio de parqueaderos o de estacionamiento fuera de vía pública, la Administración Distrital de Santiago de Cali considera viable la modificación de la aplicación de esta contribución, en el entendido que permitirá o facilitara tanto a las autoridades públicas como a la ciudadanía en general la implementación del cobro.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo séptimo del decreto 4112.010.20.0439 de junio 04 de 2024, el cual quedara así:
"ARTÍCULO SÉPTIMO. APLICACIÓN. El cobro de la contribución por servicio de parqueadero o de estacionamiento en vía pública, será exigible a partir del primero (1) de octubre de 2024".
ARTÍCULO SEGUNDO. Los artículos del decreto 4112.010.20.0439 de junio 04 de 20242018 no modificados expresamente en el presente decreto continuarán vigentes.
ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Alcaldía de Santiago de Cali.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los veintiocho (28) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024).
ÁLVARO ALEJANDRO EDER GARCÉS
Alcalde Distrital de Santiago de Cali