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DECRETO 4112.010.20.0312 DE 2024

(mayo 8)

Boletín Oficial No. 72. Año 2024, mayo 8

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 47 del Decreto 4112.010.20.0220 de 2025>

Por el cual se modifica la integración del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno” de la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali.

EL ALCALDE DISTRITAL DE SANTIAGO DE CALI,

en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, la Ley 1551 de 2012, Ley 87 de 1993, Decreto 648 de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 13 de la Ley 87 de 1993, refiere que los organismos y Entidades del Estado en sus diferentes órdenes y niveles, deben establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

Que mediante el ARTÍCULO 2.2.21.1.5 del Decreto 648 del 19 de abril de 2017 "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública", se estableció el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del Control Interno y se establecieron las funciones de este comité.

Que el Decreto No. 4112.010.20.0026 de enero 16 de 2024, modificado por el Decreto 4112.01.20.0118 de marzo 4 de 2024, modifica el reglamento y conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Administración Central del Distrito de Santiago de Cali.

Que en su artículo Tercero, el citado decreto indica:

"Artículo Tercero. Integración del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno. El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno está integrado por:

1. El Alcalde de Santiago de Cali, o su delegado quien lo presidirá.

2. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación.

3. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública.

4. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional.

5. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Hacienda Distrital.

6. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

7. El (la) Secretario (a) de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana.

8. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Contratación Pública.

9. El (la) Secretario (a) de Gobierno."

Que mediante Decreto No. 4112.010.20.0150 de marzo 19 de 2024, el Alcalde delega como Representante Permanente ante el Comité institucional de Coordinación de Control Interno de la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali, al Secretario de Gobierno Distrital.

Que la Jefe de la Oficina Asesora de Transparencia, mediante Orfeo No. 202441120400000344 de abril 2 de 2024, solicita sea incluida como Miembro Integrante del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno- CICCI, toda vez que hace parte de la segunda línea de defensa en la política de administración del riesgo y la responsabilidad de orientar la gestión del riesgo de corrupción, ente otros.

Que el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Distrito, entre sus funciones, tiene a su cargo el seguimiento y evaluación del riesgo; en igual sentido mantener el número impar en su integración para efectos de las votaciones en las decisiones que se adoptan, por lo cual se considera oportuno y conveniente la inclusión de la oficina Asesora de Transparencia, en remplazo de la Secretaría de Gobierno Distrital, en este comité.

Que con fundamento en las anteriores consideraciones, se hace necesario modificar el artículo Tercero del Decreto 4112.010.20.0026 de enero 16 de 2024, modificado por el Decreto 4112.01.20.0118 de marzo 4 de 2024, incluyendo como Miembro integrante del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno a la Jefe de la Oficina Asesora de Transparencia.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. <Decreto derogado por el artículo 47 del Decreto 4112.010.20.0220 de 2025 de la Alcaldía de Santiago de Cali> Modificar el artículo tercero del Decreto 4112.010.20.0026 de enero 16 de 2024, quedando integrado el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno así:

1. El Alcalde de Santiago de Cali, o su delegado quien lo presidirá.

2. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación.

3. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública.

4. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional.

5. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Hacienda Distrital.

6. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

7. El (la) Secretario (a) de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana.

8. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo de Contratación Pública.

9. El (la) Jefe de la Oficina de Transparencia de la Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO SEGUNDO. <Decreto derogado por el artículo 47 del Decreto 4112.010.20.0220 de 2025 de la Alcaldía de Santiago de Cali> Los demás apartes del Decreto Distrital No 4112.010.20.0026 de enero 16 de 2024, modificado por el Decreto 4112.01.20.0118 de marzo 4 de 2024, continúan vigentes.

ARTÍCULO TERCERO. <Decreto derogado por el artículo 47 del Decreto 4112.010.20.0220 de 2025 de la Alcaldía de Santiago de Cali> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Distrito de Santiago de Cali.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santiago de Cali, a los 8 días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024).

ÁLVARO ALEJANDRO EDER GARCÉS

Alcalde Distrital de Santiago de Cali

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