DECRETO 4110.20.0219 DE 2016
(abril 18)
Boletín Oficial No. 64. Año 2016, abril 19
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se modifica el decreto 411.0.20.0005 del 01 de enero de 2016, por medio del cual se dictan disposiciones en materia de transporte público de pasajeros en el municipio de Santiago de Cali.
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Artículo 315 Constitucional, la Ley 1551 de 2012, Ley 336 de 1996 y Decretos Reglamentarios 170 y 172 de febrero de 2001; y,
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto 411.0.20.0005 del 01 de enero de 2016, el Municipio de Santiago de Cali, suspendió la asignación de nuevas matrículas por incremento al Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros en la clase de vehículos bus, buseta, microbús, así como el trámite de cambio de empresa, habilitación de nuevas empresas de transporte colectivo, la adjudicación de nuevas rutas, áreas de operación, frecuencias de despacho y sistema y subsistemas de transporte, el incremento de la capacidad transportadora hasta el 31 de diciembre del año 2016.
Que los motivos expuestos en el acto administrativo en mención hacen alusión a la implementación del Sistema Integrado de Transporte Masivo y a la situación de paralelismo que ha afectado dicha implementación atendiendo además las directrices contenidas en los documentos CONPES sobre política nacional en materia del Sistema de Transporte Masivo de Pasajeros y que fueron recogidos en los compromisos adquiridos en el Convenio Interadministrativo de utilización de vías y operación del sistema suscrito entre el Municipio y Metrocali.
Que el Otro Si Nro. 3 al Convenio Interadministrativo de utilización de vías y operación del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Cali, suscrito el 22 de diciembre de 2014 indican en su cláusula Cuarta lo siguiente:…"CUARTA: retiro progresivo rutas transporte público colectivo- el Municipio se compromete acorde con la programación a que se refiere el anexo que hace parte del presente Otro Si a realizar el retiro progresivo de las rutas del servicio de transporte público progresivo que funcionan en la ciudad y a realizar controles al transporte en la zona de ladera que opera en vehículos tipo campero.
PARÁGRAFO Primero- La anterior programación deberá surtir los trámites administrativos y jurídicos pertinentes, sin perjuicio que la misma pueda verse afectada pro acciones constitucionales, legales y judiciales".
Que la Administración Municipal y Metrocali continúan desarrollando el proceso de implementación del Sistema Integrado del Transporte Masivo, y en aras de adelantar adecuadamente este proceso se hace necesario adicionar a la medida en el artículo primero del Decreto Municipal 411.0.20.0005 del 01 de enero vehículos en la modalidad de camperos.
Que en mérito a lo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Modifíquese el contenido del artículo primero del Decreto No. 411.0.20.0005 del 01 de enero de 2016, el cual quedará así:
"ARTÍCULO PRIMERO. - Suspéndase la asignación de nuevas matrículas por incremento al servicio de transporte público colectivo de pasajeros en la clase de vehículos bus, buseta, microbús y campero, así como el trámite de cambio de empresa, habilitación de nuevas empresas de transporte colectivo, la adjudicación de nuevas rutas, áreas de operación, frecuencias de despacho y sistemas y subsistemas de transporte y el incremento de la capacidad transportadora hasta el 31 de diciembre de 2016".
ARTÍCULO SEGUNDO. Los demás artículos del Decreto Municipal No. 411.0.20.0005 del 01 de enero de 2016, no sufren modificación alguna.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los dieciocho (18) días del mes de abril. del año dos mil dieciséis (2016).
MAURICE ARMITAGE CADAVID
Alcalde Municipal de Santiago de Cali.