DECRETO 4112.010.20.0051 DE 2020
(enero 30)
Boletín Oficial No. 18. Año 2020, enero 30
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se adiciona el Decreto No. 4112.010.20.0035 de 2020, "Por el cual se otorgan atribuciones en materia de contratación a las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos y a las Unidades Administrativas Especiales sin Personería Jurídica, se modifica el Decreto No. 4112.010.20.0115 de 2019 y se dictan otras disposiciones en la Administración Central de Santiago de Cali.
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar al artículo segundo del Decreto No 4112.010.20.0035 de 2020 “POR MEDIO DEL CUAL OTORGAN ATRIBUCIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN A LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVA ESPECIALES SIN PERSONERÍA JURÍDICA, SE MODIFICA EL DECRETO No 4112.010.20.0115 DE 2019 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE SANTIAGO DE CALI.”, las siguientes posiciones presupuéstales POS-PRE, teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa:
| ORGANISMO | POS PRE | CONCEPTO |
| Secretaría de Gestión del riesgo de emergencias y desastres. | 2-3030255. | Programas Especiales de Prevención y Atención de Desastres. |
| Secretaría de Movilidad. | 2-301010203 2-3030101. | Programa de señalización y semaforización. |
| Secretarla de Salud Pública | 2-3030211,2-3030217, 2-3030263,2-303027608, 2-303027621,2-303027622, 2-303027623,2-303027624, 2-303027625,2-303027626, 2-303027627,2-303027628, 2-3030280,2-3030281, 2-3030282, 2-3030283, 2-3030284, 2-3030285, 2-3030267. | Atender las necesidades y prioridades necesarias del organismo. Contratación del Grupo de Dengue, perteneciente a la alerta amarilla definida por el señor Alcalde. |
| Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente- DAGMA Emergencias y Desastres. | 2-301010311,2-3030103, 2-3040302. | Ejercer sus funciones de autoridad ambiental y la protección de los ecosistemas. Mantenimiento de los elementos del medio ambiente en condiciones aptas para el desarrollo del ser humano. |
| Secretaría de Movilidad. | 2-301010203 2-3030101. | Programa de señalización y semaforización. |
| Secretaría de Salud Pública | 2-3030211,2-3030217, 2-3030263,2-303027608, 2-303027621,2-303027622, 2-303027623, 2-303027624, 2-303027625,2-303027626, 2-303027627,2-303027628, 2-3030280,2-3030281, 2-3030282. 2-3030283, 2-3030284, 2-3030285. 2-3030267 | Atender las necesidades y prioridades necesarias del organismo. Contratación del Grupo de Dengue, perteneciente a la alerta amarilla definida por el señor Alcalde. |
| Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente- DAGMA | 2-301010311,2-3030103, 2-3040302. | Ejercer sus funciones de autoridad ambiental y la protección de los ecosistemas. Mantenimiento de los elementos del medio ambiente en condiciones aptas para el desarrollo del ser humano. |
| Secretaría de Educación | 2-30303050304, 2-302010211. | Atender proyectos de Inversión aprobados en el POAI. |
| Secretaría de Bienestar Social | 2-3030101, 2-3030207, 2-3030211,2-3030213, 2-3030223, 2-3030279, 2- 3040101, 2- 3040401. | Atención de todos los grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad. |
| Secretaría de Desarrollo Económico | 8-3040205,2-3030101, 2-3040301. | Atención a su misionalidad y funciones. |
| Secretada de Cultura | 2-3030101,2-3030225 | Atención a su misionalidad y funciones. |
Que, en merito de lo expuesto,
El Alcalde de Santiago de Cali, en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 numeral 3o de la Constitución Política, artículos 29 y 30 de la Ley 1551 de 2012, los artículos 9o y 12 de la Ley 489 de diciembre 29 de 1998, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, los artículos 28 y 29 del Decreto Extraordinario No. 411.0.20.0516 de 2016, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto No 4112.010.20.0035 de 2020 “POR EL CUAL SE OTORGAN ATRIBUCIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN A LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVA ESPECIALES SIN PERSONERÍA JURÍDICA, SE MODIFICA EL DECRETO No 4112.010.20.0115 DE 2019 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE SANTIAGO DE CALI.", se delegó a los Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Directores de las Unidades Administrativas Especiales sin Personería Jurídica de Santiago de Cali y Jefe de la Oficina de Comunicaciones, adscrita a la Secretaría de Gobierno la facultad para suscribir todos los actos y documentos, precontractuales, contractuales y pos contractuales de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, señalados en el artículo 2o, numeral 4o, literal h) de la Ley 1150 de 2007, reglamentada en la Subsección 4o, Artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015.
Que en razón a las solicitudes presentadas por los diferentes organismos de la Administración Central de Santiago de Cali, el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal mediante Orfeo No 202041310200000954 y No 202041310200000754, solicitó la habilitación de las siguientes posiciones presupuéstales POS-PRE, lo que hace necesario, adicionar el artículo segundo del Decreto No 4112.010.20.0035 de 2020, así:
| ORGANISMO | POS PRE | CONCEPTO |
| Secretaría de Gestión del Riesgo de | 2-3030255. | Programas Especiales de Prevención y Atención de Desastres. |
| Secretaría de Educación | 2-30303050304, 2-302010211. | Atender proyectos de Inversión aprobados en el POAI. |
| Secretaría de Bienestar Social | 2-3030101, 2-3030207, 2-3030211,2-3030213, 2-3030223, 2-3030279, 2- 3040101, 2-3040401. | Atención de todos los grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad. |
| Secretaría de Desarrollo Económico | 8-3040205,2-3030101, 2-3040301. | Atención a su misionalidad y funciones. |
| Secretaría de Cultura | 2-3030101,2-3030225 | Atención a su misionalidad y funciones. |
ARTÍCULO SEGUNDO. Continúan vigentes las demás disposiciones del Decreto No 4112.010.20.0035 de 2020.
ARTÍCULO TERCERO. El presente acto Administrativo, deberá ser publicado en el boletín oficial de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLACE
Dado en Santiago de Cali, a los treinta días del mes de enero del dos mil veinte.
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde de Santiago de Cali