DECRETO No. 4112.010.20.1840 DE 2020
(septiembre 30)
Boletín Oficial No. 161. Año 2020, octubre 14
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se determina la categorización del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali para la vigencia fiscal del año 2021
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial de las conferidas en artículo 153 del Decreto 2106 del 22 de noviembre del 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley 1933, de agosto 1 de 2018, en su artículo 2o se categoriza al Municipio de Santiago de Cali, como Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios.
Que el Decreto 2106 del 22 de noviembre 2019 “Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública” en su artículo 153 modifico el artículo 6 o de la ley 136 de 1994, dispone que:
I. PRIMER GRUPO (GRANDES MUNICIPIOS)
1. CATEGORÍA ESPECIAL
Población: Superior o igual a los quinientos mil uno (500.001) habitantes.
Ingresos corrientes de libre destinación anuales: Superiores a cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Que de acuerdo con el Certificado expedido por el señor Contralor Delegado para la Economía y Finanzas Públicas de la Contra lona General de la República, de fecha veintiún (21) días del mes de julio de 2020, el Distrito de Santiago de Cali del Departamento del Valle del Cauca, durante la vigencia fiscal de 2019 recaudó Ingresos Corrientes de Libre Destinación -ICLD- por la suma de $1.128.110.611 miles y de igual manera hace constar que efectuado los cálculos correspondientes, los Gastos de Funcionamiento de la entidad representaron el 38,18% de los ICLD.
Que mediante oficio con radicado No. 20201510181081 de 21 de julio de 2020, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE certificó que la población proyectada a junio 30 de 2019, para Santiago de Cali, del Departamento de Valle del Cauca, previa comprobación metodológica por área total es de 2.241.491 habitantes, y el referente son las proyecciones de población corresponden al resultado de la aplicación de modelos demográficos, estadísticos y matemáticos a partir de los resultados del proceso de conciliación censal 2018 -2023.
Que teniendo en cuenta las certificaciones expedidas por las entidades antes mencionadas y conforme a lo dispuesto en el artículo 153 del Decreto 2106 del 22 de noviembre 2019, el Distrito Especial de Santiago de Cali cumple con los requisitos de población y de ingresos corrientes de libre destinación para ser clasificado en el primer grupo (Grandes Municipios) categoría especial.
Que, por lo anterior expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Determinar que el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial, y de Servicios de Santiago de Cali se encuentra clasificado en el Primer Grupo (Grandes Municipios) Categoría Especial para la vigencia fiscal 2021, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de este Decreto a la Dirección de Asuntos Territoriales del Ministerio del Interior dentro de los tres (3) días siguiente a la expedición, en cumplimiento del artículo 2o del decreto 3202 de 2002 y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su respectivo registro.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020).
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde de Santiago de Cali.