DECRETO No. 4112.010.20.1420 DE 2020
(julio 29)
Boletín Oficial No. 125. Año 2020, agosto 6
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se crea un empleo en la planta de cargos de la administración distrital de Santiago de Cali, en cumplimiento de una sentencia de tutela
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las contempladas en el artículo 3153.7 de la Constitución Política, en concordancia con el literal d) numeral 4 del artículo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 29 la Ley 1551 de 2012, el artículo 74 de la Ley 617 de 2000, y
CONSIDERANDO
Que el Artículo 315 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establece las atribuciones del Alcalde, a saber: “(...) 3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente (...)”.
Que en armonía con lo anterior el mismo artículo 315 numeral 7, el numeral 4), literal d) del Artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el Artículo 29 de la Ley 1551 de 2012 y el Artículo 74 de la Ley 617 de 2000, disponen que el Alcalde tiene entre otras atribuciones, las de “Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado”.
Que mediante Sentencia de Tutela de Segunda Instancia N.º 126 del 26 de junio de 2020 con radicado N.º 2020-00068-01, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Cali, resolvió revocar la Sentencia T-72 del dieciocho de mayo de 2020 proferida por el Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali, y tutelar los derechos fundamentales incoados por la señora Gloria Emir Meneses Delgado ordenando al Municipio de Santiago de Cali - Secretaría de Educación para que en el término improrrogable de 48 horas, proceda a realizar todos los trámites administrativos necesarios y pertinentes para designar en provisionalidad a la señora Meneses Delgado en un empleo vacante igual o similar al que venía desempeñando hasta que sea incluida en la nómina de pensionados de Porvenir S.A.
Que en la planta de personal de la Administración Central Distrital no existe empleo vacante igual o similar en el cual se pueda nombrar en provisionalidad a la señora a la Gloria Emir Meneses Delgado, por tanto, se hace necesario crear en la planta de personal global de la Administración Central un (01) empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 01 de naturaleza de carrera administrativa.
Que la Subdirectora de Finanzas Públicas del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal, en calidad Secretaria Técnica del COMÁIS, informó que teniendo en cuenta que corresponde al Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional - Subdirección de Gestión Estratégica de Talento Humano efectuar el reintegro de la accionante; se aprobó mediante acta de Consejo Municipal de Política Fiscal - COMFIS N°4131.020.1.13.032- 2020 de julio 09 de 2020, un traslado al interior del presupuesto del Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional, contrarrestando en $64.371.176 del rubro de “Sentencias y Conciliaciones” y acreditando el mismo valor distribuido en los rubros de servicios personales asociados a la nómina y los rubros de contribuciones inherentes a la nómina, con el fin de garantizar los recursos necesarios para dar cumplimiento a la mencionada Sentencia de Tutela; dicho valor fue informado y solicitado por la Secretaría de Educación, argumentando que son los recursos necesarios para realizar el nombramiento en provisionalidad y atender los gastos ocasionados en lo que resta de la vigencia 2020.
Que en atención a lo anterior, el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal expidió la Resolución N°4131.010.21.0418 de Julio 29 de 2020 “Por medio de la cual se modifica el presupuesto general del municipio a nivel de objeto de gasto en la vigencia 2020”, realizando la correspondiente modificación presupuestal al interior del presupuesto asignado al Departamento Administrativo de Desarrollo e innovación Institucional, así: Se contra crédito del rubro de Sentencias y Conciliaciones en $64.371.176 acreditando el mismo valor distribuido en los rubros de servicios personales asociados a la nómina y los rubros de contribuciones inherentes a la nómina de la fuente de financiación 0-1103 ICLD Ley 617/2000, garantizando así los recursos necesarios para dar cumplimiento a la mencionada Sentencia de Tutela.
Que las funciones para el empleo denominado Profesional Universitario, código 219 grados 01 para el Área Funcional Apoyo Administrativo, Página 771, están contempladas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales contenidas en el Decreto 411.0.20.0673 del 06 de diciembre de 2016.
Qué consecuente con lo expuesto y en cumplimiento de la Sentencia de Tutela de Segunda Instancia N.º 126 del 26 de junio de 2020 proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Cali, existiendo la disponibilidad de recursos para atender los gastos de personal, acorde con modificación presupuestal realizada, se procederá a crear un (1) empleo: denominado Profesional Universitario código 219 grados 01 de carrera administrativa en la planta de personal de la Administración Central Distrital de Santiago de Cali.
En razón de lo expuesto sé,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Crear en la planta de personal global de la Administración Central Distrital de Santiago de Cali un empleo de la siguiente denominación y asignación:
| DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | NATURALEZA | ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL |
| Profesional Universitario | 219 | 01 | Carrera administrativa | $4.025.756 |
ARTÍCULO SEGUNDO. Asignar el empleo creado en artículo anterior denominado Profesional Universitario código 219 grados 01, adscrito a la planta de personal global de la Administración Central Distrital de Santiago de Cali al organismo Secretaria de Educación.
ARTÍCULO TERCERO. Comunicar el presente acto administrativo al Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación Institucional - Subdirección de Gestión Estratégica del Talento Humano (subprocesos de Planeación del Talento Humano, Selección y Vinculación y Administración de Planta) para lo de su competencia.
ARTÍCULO CUARTO. El presente acto administrativo decreto rige a partir de su publicación en el Boletín oficial de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinte (2020).
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde de Santiago de Cali