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DECRETO 4112.010.20.1050 DE 2021

(diciembre 29)

Boletín Oficial No. 220. Año 2021, diciembre 29.

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

Por medio del cual se declara el retorno a la normalidad en El Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali en el marco de la declaratoria de calamidad pública establecida mediante Decreto No. 4112.010.20.144 de 2021 y se dictan otras disposiciones

El ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,

en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, Ley 1551 de 2012 (modificatoria del artículo 91 de la Ley 136 de 1994), la Ley 1523 de 2012 y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO

Que a través de la Ley 1523 de 2012 se adoptó la política nacional de gestión del riesgo de desastres, se estableció el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictaron otras disposiciones.

Que dentro de los principios generales fijados en el artículo 3 de la Ley en comento se encuentra el de protección definida en los siguientes términos: "Los residentes en Colombia deben ser protegidos por las autoridades en su vida e integridad física y mental, en sus bienes y en sus derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad públicas y a gozar de un ambiente sano, frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos que amenacen o infieran daño a los valores enunciados."

Que entre las atribuciones dadas al Alcalde a través del artículo 315 de la Constitución Política se encuentra: "3. Dirigir la acción administrativa del Municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; (...)".

Que mediante Decreto 411.0.20.0674 del 6 de septiembre de 2012 se conformó el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictaron otras disposiciones, modificado mediante Decreto No. 411.0.20.0305 del 19 de abril de 2017.

Que mediante Decreto 4112.010.20.144 del 17 de marzo de 2021 se declaró la situación de calamidad pública en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali y se dictaron otras disposiciones, en razón a la emergencia por la invernal y la evaluación realizada en Consejo Distrital de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres 15 y 16 de marzo de 2021 de los daños sufridos en la zona de ladera, urbanas y rurales y aquellas zonas que presentan zona amenaza en zonas inundables, para adoptar las medidas necesarias teniendo en cuenta los hechos que se presentaron en el Distrito.

Que el Decreto 4112.010.20.144 del 17 de marzo de 2021 en su artículo primero ha establecido: 'Declarar la situación de calamidad pública en el Distrito de Especial Deportivo, Cultural, Turístico Empresarial y de Servicios en Santiago dé Cali, de conformidad con la parte considerativa del presente acto, por el término de cuatro (4) meses

Que la comunidad de los sectores afectados por la situación de calamidad ya referida, fue atendida por la Administración Distrital con base en los protocolos establecidos para tal fin, para lo cual se realizó entrega de ayudas humanitarias, jornadas de vacunación, médica, odontológica, jornada de vacunación a caninos y felinos, fumigación del sector, limpieza de alcantarillado, Instalación de albergue temporal, entre otras, con la colaboración activa de los organismos de la Administración Central, el Ejército Nacional, Policía Nacional y Organismos de Socorro (Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Scouts).

Que en Consejo Extraordinario Distrital de Gestión del Riesgo realizado el 16 de abril de 2021 presentó el Plan Específico de Acción -PAZ, tal como lo prevé el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012, en el cual se integraron las siguientes entidades: Departamento Administrativo de Gestión Medio Ambiente - DAGMA, Secretaría de Vivienda Social y Hábitat y Secretaría de Infraestructura.

Que el día 22 de abril del 2021 en reunión ordinaria se aprobó ante el Consejo Distrital de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres de Cali, la línea de acción de intervenciones para la mitigación del riesgo que realizó la Administración Central Distrital, con las siguientes entidades: Secretaria de Vivienda Social y Hábitat, Secretaría de Infraestructura y Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente -DAGMA.

Que, una vez realizada la línea de acción por parte de la Administración Central del Distrito de Santiago de Cali, se dio inicio a la ejecución propuesta por la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, Departamento Administrativo del Medio Ambiente DAGMA y Secretaría de Infraestructura, Plan Específico de Acción para la recuperación de las zonas afectadas, que se ha venido cumpliendo por parte de los organismos y entidades intervinientes.

Que para el mes de julio de 2021 de acuerdo al orden técnico de precipitaciones el IDEAM Y la CVC emitieron los siguientes pronunciamientos:

Boletín No. 316 de predicción climática del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEA para mes de junio, el Fenómeno El Niño Oscilación Sur en su Fase Fría o La Niña, ha terminado: "El IDEAM informa que La Niña finalizó, predominando la condición neutral durante mayo de 2021. La mayoría de los modelos de predicción climática de los centros internacionales favorecen la persistencia de la fase neutral durante el próximo trimestre. En este contexto, el comportamiento climático sobre el territorio nacional será modulado por la dinámica de las oscilaciones en la escala intraestacional"

Circular No. 037 del 3 de junio del 2021, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, realiza un detallado pronóstico de las condiciones climáticas predominantes para los próximos tres meses, las cuales reflejan que se inicia temporada seca para la región Pacífica en especial para nuestro Distrito de Santiago de Cali.

Que mediante circular No. 027 del 2 de julio de 2021 la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -UNGID ha comunicado a los Gobernadores Departamentales, Alcaldes Distritales y Municipales, Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo de Desastre el deber de preparación y alistamiento para responder ante la Segunda Temporada de menos lluvias de 2021.

Que se ha verificado que la comunidad se encuentra en retorno a la normalidad, para lo cual el Consejo Distrital para la Gestión del Riesgo Emergencias y Desastres en reunión ordinaria del pasado 6 de diciembre de 2021 recomendó que se levante la situación de calamidad pública, teniendo en cuenta que las causales que conjuraron la declaratoria de calamidad correspondía a la primera temporada de lluvia con fenómeno de la niña ocurrido en el primer semestre del año 2021.

Que teniendo en cuenta los pronósticos del tiempo y las alertas emitidas por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEA, los reportes emitidos por la Corporación autónoma Regional del Valle del Cauca C.V.C. referente a los pronósticos, la Secretaría de Gestión del Riesgo Emergencias y Desastres, que se encuentra activado el sistema de alertas temprano inteligente y comunitarias con la comunidad y los organismos de socorro (Cruz Roja, Defensa Civil, Bomberos Voluntarios de Cali) coordinados desde la misma Secretaría, con la finalidad de realizar monitoreo permanente, realizando charlas con la comunidad sobre la prevención que se debe tener en busca de salvaguardar la vida y sus bienes.

Que el parágrafo del artículo 64 de la Ley 1523 de 2012, prescribe el término para la declaratoria a la normalidad, así "(...) no podrá exceder de seis meses para la declaratoria de calamidad pública (...)".

Que en cumplimiento a la Circular No. 035 del 2016, de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, la cual señala mediante su requisito número 11: "Elaboración y aprobación del decreto de retorno a la normalidad Ley 1523 de 2012", se elabora el presente Decreto de Retorno a la normalidad.

Por lo anteriormente expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. DECLARAR el retorno a la normalidad en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, por la emergencia ocurridas por la primera temporada de lluvia del primer semestre del año 2021, evaluadas por el Consejo Distrital de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres el 15 y 16 de marzo de 2021.

ARTÍCULO SEGUNDO. Las entidades a cargo de la ejecución del Plan de Acción Específico contemplado en el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012, continuarán con el desarrollo del cronograma planteado para las obras de mitigación que se encuentran en ejecución, las que deberán culminar acorde a lo establecido en el PAZ.

ARTÍCULO SEGUNDO. Forma parte integral del presente acto administrativo, las actas levantadas en el Consejo para la Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres del Distrito de Santiago de Cali, el Decreto 411.010.20.144 de 2021, el Plan Específico de Acción - PAZ que se encuentran en ejecución y demás documentos que soporten la atención a la comunidad.

ARTÍCULO TERCERO. Comuníquese del presente Decreto a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, Consejo Departamental de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres del Valle del Cauca, para lo de su competencia.

ARTÍCULO CUARTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y se publicará en el Boletín Oficial del Municipio de Santiago de Cali.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santiago de Cali, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021).

JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ

Alcalde de Santiago de Cali.

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