DECRETO 4112.010.20.0970 DE 2022
(diciembre 30)
Boletín Oficial No. 2. Año 2023, enero 4
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se prorroga y adicionan unos cargos temporales en la planta de personal docente de la secretaría de educación distrital
Saber a causa de docentes mal preparados, metodologías impertinentes, infraestructuras deficientes y falta de material educativo, por mencionar algunas.
Que uno de los objetivos del programa es el acompañamiento in situ a través de docentes y paradocentes, acompañamiento que debe hacerse con un DOCENTE TUTOR: por Establecimiento o Institución Educativa focalizado (uno a uno).
Que la planta temporal definitiva para que esta entidad territorial implemente el programa Todos a Aprender queda conformada por sesenta y dos (62) cargos docentes, la cual tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, la cual podrá ser prorrogada por el Ministerio de Educación Nacional de acuerdo con los requerimientos del programa.
Que mediante oficio radicado No. 2022-EE-301017 del 14 de diciembre de 2022, la dirección de Fortalecimiento a la Gestión Territorial del Ministerio de Educación Nacional confirma la continuidad del programa Todos a Aprender y se expresa la necesidad de fortalecerlo, por lo cual la oficina Asesora Planeación y finanzas mediante radicado 2022- IE-049916 del 06 de diciembre de 2022, emitió la viabilidad financiera para la planta de cargos temporales del Distrito de Cali en una totalidad de sesenta y dos (62) cargos temporales, los cuales deberán seguir siendo financiados con recursos del Sistema General de Participaciones para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Que en Santiago de Cali se ha participado activamente en la implementación y sostenibilidad en el programa de la transformación de la calidad en los programas tocios a aprender, por lo que se hace necesaria la prórroga de la planta temporal de cargos de docente.
En consecuencia,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. PRORROGAR la planta de personal docente de carácter temporal o transitorio para el desarrollo del Programa para la Excelencia docente y Académica “Todos a Aprender” así:
| No. DE EMPLEOS TEMPORALES | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL |
| Sesenta y dos (62) | Docentes |
ARTÍCULO SEGUNDO. Otorgar comisión a los docentes con derechos de carrera, que cumpliendo los criterios establecidos se desempeñarán como tutores del programa PTA-
ARTÍCULO TERCERO. Vincular un docente a la planta temporal para reemplazar en el aula a cada uno de los docentes que se comisionan como tutores en el Programa para la Excelencia docente “Todos a Aprender”.
El Alcalde de Santiago de Cali, en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012,
CONSIDERANDO
Que la Ley 1955 de 2019, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la equidad”, dispuso como su tercer pilar, la educación, por lo cual una de las apuestas del Gobierno Nacional para mejorarlas competencias y los resultados de los estudiantes, es incrementar el nivel y la calidad de la formación de los educadores, estableciendo la excelencia docente como línea estratégica de la actual política educativa.
Que el Ministerio de Educación Nacional informa que el Programa Todos a Aprender, continuará y se fortalecerá acorde con los retos en materia de calidad educativa, entre los cuales se destacan: ampliar el equipo de maestros, vincular más Entidades Territoriales Certificadas e incrementar gradualmente otros niveles educativos.
Para este fin gestionará la consecución de las siguientes metas:
1. Consolidar una sola ruta de formación empleando los aprendizajes de las rutas anteriores: Pioneros, Media y PTA 2.0.
2. Ampliar gradualmente los grados atendidos: desde preescolar hasta secundaria, así como los colegios focalizados.
3. Fortalecer el acompañamiento situado mediante la consolidación de herramientas que permitan la reflexión pedagógica.
4. Apoyar la formación mediante el uso de plataformas tecnológicas especializadas.
5. Trabajar conjuntamente en las Escuelas Normales Superiores.
6. Ampliar el programa a otras Secretarías de Educación.
7. Continuar fortaleciendo la atención a las aulas multigrado e incluir acciones involucramiento de la familia.
Que la Educación se enmarca como uno de los temas más importantes de la agenda pública Nacional y la principal apuesta del actual Gobierno en hacer de Colombia el país más educado de Latinoamérica en el 2025, se requiere dar continuidad a los programas y proyectos que se han venido trabajando y diseñar planes, programas y estrategias que permitan alcanzar este gran reto.
Que a través de evaluaciones nacionales e internacionales realizadas en la última década el Ministerio de Educación Municipal se ha propuesto comprender cada vez mejor el sistema educativo colombiano, sus logros y los retos que plantea actualmente.
Que el Ministerio de Educación Nacional, en cumplimiento de la política de mejoramiento de la calidad educativa, ha implementado el “Programa para la Excelencia Docente y Académica Todos a Aprender”, dado que gran parte de la población de niños y niñas colombianos se encuentran en un nivel de desempeño bajo o insuficiente en las Pruebas
PARÁGRAFO PRIMERO. La provisión de los anteriores empleos observará lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y serán financiados con cargo a los recursos que se reciben del Sistema General de Participación, Educación.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El costo de los empleos temporales creados en el presente Decreto se encuentra soportado por la viabilidad financiera señalada en el presente Acto Administrativo, con cargo al Sistema General de Participaciones.
ARTÍCULO CUARTO. El presente Decreto rige a partir del 01 de enero de 2023 y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los 30 días del mes de diciembre de 2022.
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde de Santiago de Cali