DECRETO 4112.010.20.0963 DE 2022
(diciembre 30)
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se suprimen dos empleos, se crea otro y se actualiza la planta de personal de la Alcaldía de Santiago de Cali
EL ALCALDE DEL DISTRITO ESPECIAL, DEPORTIVO, CULTURAL, TURÍSTICO, EMPRESARIAL Y DE SERVICIOS DE SANTIAGO DE CALI,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 315(7) de la Constitución Política, el artículo 91 de la Ley 136 de junio 2 de 1994(1), modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de julio 6 de 2012(2), el artículo 74 de la Ley 617 de octubre 6 de 2000(3), el artículo 7(3) de la Ley 715 de diciembre 21 de 2001(4), el artículo 17(2) de la Ley 909 de septiembre 23 de 2004(5), los artículos 2.4.6.1.1.2 y 2.4.6.1.1.5 del Decreto 1075 de mayo 26 de 2015(6),
CONSIDERANDO:
Que según lo establecido en el numeral 7 del Artículo 315 de la Constitución Política de Colombia, desarrollado en el numeral 4) del literal d) del Artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el Artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, y reiterado en el Artículo 74 de la Ley 617 de 2000, el Alcalde tiene, entre otras atribuciones: "Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado”.
Que el artículo 7(3) de la Ley 715 de diciembre 21 de 2001 dispone que es competencia de los distritos y los municipios certificados: “Administrar, ejerciendo las facultades señaladas en el artículo 153 de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas, el personal docente y administrativo de los planteles educativos, sujetándose a la planta de cargos adoptada de conformidad con la presente ley. (...) sin más requisito legal que la expedición de los respectivos actos administrativos debidamente motivados.”
Que el artículo 17(2) de la Ley 909 de 2004, establece que: “Todas las entidades y organismos a quienes se les aplica la presente ley, deberán mantener actualizadas las plantas globales de empleo necesarias para el cumplimiento eficiente de las funciones a su cargo, para lo cual tendrán en cuenta las medidas de racionalización del gasto.”
Que el artículo 2.4.6.1.1.2 del Decreto 1075 de 2015, dispone que:
“Artículo 2.4.6.1.1.2. Planta de personal. Mediante acto administrativo, la entidad territorial adoptará la planta de personal, previo estudio técnico, en el que determinen los cargos de directivos docentes, docentes por niveles o ciclos, y administrativos, de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 715 de 2001 y en este Capítulo.”
Que el artículo 2.4.6.1.1.5 del Decreto 1075 de 2015, establece que:
“Artículo 2.4.6.1.1.5. Supresión de cargos. Las entidades territoriales suprimirán los cargos vacantes que no se requieran para la prestación del servicio educativo estatal; así como los cargos vacantes cuando su provisión supere el monto de los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones de la entidad territorial, y los cargos vacantes de directivos docentes que no estén contemplados en el Decreto 1278-Ley de 2002.”
Que en cumplimiento del artículo 315(3-7) de la Constitución Política el Alcalde de Santiago de Cali expidió el Decreto No 4112.0.010.20.0331 del 31 de mayo del 2021 “Por el cual se actualiza la planta de personal de la Alcaldía de Santiago de Cali”.
Que la Subdirección de Gestión Estratégica de Talento Humano ( E ), expido documento de justificación técnica a través del cual se brinda viabilidad a la solicitud de supresión de dos (2) empleos en vacancia definitiva no provistos del nivel asistencial de la Secretaría de Educación y la creación del empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 03, para la Secretaría de Educación, cuya fuente de financiación ¡es recursos del Sistema General de Participación- Ley 715, teniendo en cuenta el déficit que ese organismo presenta en ese nivel de empleo de acuerdo al Estudio Técnico para la modernización institucional y propuesta de modificación de planta docente y planta global, realizado en la vigencia fiscal 2021, en la que se evidencia en el numeral 7.2. denominado Planta Administrativa Instituciones Educativas, que se requiere un técnico operativo para Instituciones Educativas con más de 500 estudiantes y para Instituciones con menos de 500 estudiantes se puede compartir 1 Técnico entre dos Instituciones con menos de 500 estudiantes, hay una necesidad de 57 técnicos operativos, grado 03
Que la Subdirectora de Gestión Estratégica de Talento Humano (E), expidió el documento de justificación técnica a través del cual se viabilizó la solicitud de supresión de dos (2) empleos en vacancia definitiva no provistos del nivel asistencial de la Secretaría de Educación y la creación del empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 03, para la Secretaría de Educación, cuya fuente de financiación de todos ellos son los Recursos del Sistema General de Participaciones - Ley 715/01-, teniendo en Estudio Técnico para la modernización institucional y propuesta de modificación de planta docente y planta global realizado en la vigencia fiscal 2021, en la que se evidencia (en el numeral 7.2.) denominado: Planta Administrativa Instituciones Educativas, que se requiere un técnico operativo para las Instituciones Educativas con más de 500 estudiantes y para aquellas que cuenten con menos de esa cifra,] se pueden compartir un (1) Técnico entre dos Instituciones, existiendo una necesidad de 57 técnicos operativos, grado 03, cifra que debe disminuir con esta clase de medidas.
Que en la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, existen Dos (02) empleos del nivel asistencial en vacancia definitiva y sin proveer, según consta en la certificación expedida por la Subsecretaría Administrativa y Financiera de la Secretaria de Educación, mediante oficio el No 202241430200042371 del 03 de octubre del 2022, a través de la cual, solicitaron al Secretario de Despacho, la supresión denlos mismos, documento que fue remitido por conducto de este al Departamento Administrativo de Desarrollo e Innovación institucional, mediante oficio No 202241430200047741 del 10 de noviembre del 2022.
Que por virtud de lo expuesto, se hace necesaria la supresión de los siguientes empleos de la Secretaría de Educación y la creación de un cargo de Técnico Operativo, código 314, grado 03, para la Secretaría de Educación, con lo cual no se excede el rubro de asignación de los recursos del Sistema General de Participaciones para el pago de servicios personales de la nómina autorizada por el Ministerio de Educación Nacional, como consta en la certificación emitida por el Dr. José Darwin Lenis Mejía, Secretario de Despacho de la Secretaria de Educación de la Alcaldía de Santiago |de Cali, del 01 de noviembre del 2022, remitido mediante el oficio No 202241430200047741 del 10 de noviembre del 2022, como se explica en las siguientes tablas:
Cargos a suprimir:
| Organismo | Nivel | Denominación | Código | Grado | Básico mensual | Cantidad de Cargos | Costo |
| Secretaría de Educación | Asistencial | Conductor | 480 | 3 | 1.954.920 | 1 | 1.954.921 |
| Conductor mecánico | 482 | 3 | 1.954.920 | 1 | 1.954.92 | ||
| Total | 2 | 3.909.840 | |||||
Cargos a crear.
| Organismo | Nivel | Denominación | Código | Grado | Básico mensual | Cantidad de Cargos | Costo |
| Secretaría de Educación | Técnico | Técnico Operativo | 314 | 3 | 3291614 | 1 | 3.291.614 |
| Total | 1 | 3.291.614 | |||||
Que mediante el Decreto No 4112.010.20.0938 del 24 de noviembre del 2021, se suprimieron siete (07) empleos y se crearon Tres (03) del nivel técnico, financiado con recursos del sistema general de participaciones del sector educación, con lo que se modificó la planta de personal de la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali.
Que con la presente actualización de la planta de personal no se excede el rubro presupuestal dando cumplimiento a la Ley 617 de 2000 y siendo consistente con las proyecciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo garantizando la sostenibilidad fiscal y financiera del Distrito de Santiago de Cali, como consta en la certificación emitida por la Subdirectora de Finanzas Publicas del Departamento Administrativo de Hacienda, mediante oficio No 202241310200042784 del 07 de Diciembre del 2022.
Que en razón de lo expuesto se,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o: Suprimir de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, dos (02) empleos del nivel asistencial que se encuentran en vacancia definitiva no provistas, financiados por el Sistema General de Participaciones - Ley 715, Sector Educación de las siguientes denominaciones:
| Denominación | Código | Grado | Cantidad de Cargos |
| Conductor | 480 | 3 | 1 |
| Conductor mecánico | 482 | 3 | 1 |
ARTÍCULO 2o. Crear Un (01) empleo de Técnico Operativo, Código 314 Grado 03, de carrera administrativa, adscrito a la Secretaría de Educación Municipal, financiada con recursos del Sistema General de Participaciones - Ley 715, Sector Educación.
ARTÍCULO 3o. Actualizar la planta de personal del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, la cual queda de la siguiente manera:
1. PLANTA DESPACHO ALCALDE
| DENOMINACIÓN | CODIGO | GRADO | NIVEL | CLASIFICACIÓN DEL EMPLEO | NUMERO CARGOS |
| ALCALDE | 005 | 08 | DIRECTIVO | ELECCIÓN POPULAR | 1 |
| ASESOR | 105 | 01 | ASESOR | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 8 |
| ASESOR | 105 | 02 | ASESOR | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 13 |
| PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 06 | PROFESIONAL | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 3 |
| SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL ALCALDE | 438 | 06 | ASISTENCIAL | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 1 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 05 | ASISTENCIAL | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 1 |
| CONDUCTOR | 480 | 03 | ASISTENCIAL | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 3 |
| TOTAL, PLANTA | 30 | ||||
2. PLANTA GLOBAL
| DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | NIVEL | CLASIFICACIÓN DEL EMPLEO | NÚMERO DE CARGOS |
| DIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | 055 | 07 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 8 |
| SECRETARIO DE DESPACHO | 020 | 07 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 15 |
| JEFE DE OFICINA | 006 | 06 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 4 |
| DIRECTOR TECNICO | 009 | 05 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 2 |
| JEFE DE OFICINA | 006 | 05 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 1 |
| SUBSECRETARIO DE DESPACHO | 045 | 05 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 31 |
| SUBDIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINSITRATIVO | 076 | 05 | DIRECTIVO | UBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 18 |
| JEFE DE OFICINA | 006 | 04 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 15 |
| JEFE DE OFICINA | 006 | 03 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 26 |
| DIRECTOR TECNICO | 009 | 02 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION | 2 |
| DIRECTOR LOCAL DE SALUD | 080 | 01 | DIRECTIVO | LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN | 3 |
| SUBTOTAL | 125 | ||||
| DENOMINACION | CODIGO | GRADO | NIVEL | CLASIFICACION DEL EMPLEO | NUMERO DE CARGOS |
| DIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | 055 | 07 | DIRECTIVO | PERIODO FIJO | 1 |
| CORREGIDOR | 227 | 04 | PROFESIONAL | PERIODO FIJO | 15 |
| SUBTOTAL | 16 | ||||
| DENOMINACION | CODIGO | GRADO | NIVEL | CLASIFICACION DEL EMPLEO | NÚMERO DE CARGOS |
| ASESOR | 105 | 01 | ASESOR | CARRERA ADMINISTRATIVA | 23 |
| MEDICO ESPECIALISTA | 213 | 06 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 2 |
| PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 - | 06 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 33 |
| MEDICO GENERAL | 211 | 05 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 13 |
| COMANDANTE DE TRANSITO | 290 | 04 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 1 |
| INSP. POLICIA CATEGORIA ESPECIAL | 233 | 04 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 29 |
| ODONTOLOGO | 214 | 04 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 3 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 04 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 145 |
| COMISARIO DE FAMILIA | 202 | 03 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 13 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO SALUD | 237 | 03 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 2 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 02 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 159 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO SALUD | 237 | 02 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 9 |
| ENFERMERO | 243 | 01 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 7 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 01 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 39 |
| AGENTE DE TRANSITO | 340 | 03 | TECNICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | 477 |
| SUBCOMANDANTE DE TRANSITO | 338 | 03 | TECNICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | 1 |
| TECNICO ADMINISTRATIVO | 367 | 03 | TECNICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | 3 |
| TECNICO AREA SALUD | 323 | 03 | TECNICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | 84 |
| TECNICO OPERATIVO | 314 | 03 | TECNICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | 90 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 06 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 1 |
| AUXILIAR AREA SALUD | 412 | 06 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 6 |
| SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | 06 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 24 |
| AUXILAR ADMINISTRATIVO | 407 | 05 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 154 |
| AUXILIAR AREA SALUD | 412 | 05 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 18 |
| SECRETARIO | 440 | 05 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 96 |
| AUXILIAR AREA SALUD | 412 | 04 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 1 |
| SUBTOTAL PLANTA | 1505 | ||||
2.1 PLANTA GLOBAL NIVEL CENTRAL
| DENOMINACION | CODIGO | GRADO | NIVEL. | CLASIFICACION DEL EMPLEO | NUMERO DE CARGOS |
| PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 6 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 7 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 4 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 14 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 1 | PROFESIONAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 57 |
| TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 3 | TECNICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | 1 |
| TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 367 | 1 | TECNICO | CARRERA ADMINISTRATIVA | 23 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 6 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 10 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 4 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 15 |
| SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | 6 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMINISTRATIVA | 1 |
| SUBTOTAL PLANTA | 128 | ||||
2.2 PLANTA GLOBAL INSTITUCIONES EDUCACTIVAS
| DENOMINACION | CODIGO | GRADO | NIVEL | CLASIFICACION DEL EMPLEO | NUMERO CARGOS |
| PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 6 | PROFESIONAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 5 |
| MÉDICO GENERAL | 211 | 5 | PROFESIONAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 2 |
| ODONTÓLOGO | 214 | 4 | PROFESIONAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 1 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 4 | PROFESIONAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 36 |
| PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 2 | PROFESIONAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 7 |
| TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 367 | 3 | TÉCNICO | CARRERA ADMNISTRATIVA | 12 |
| TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 3 | TÉCNICO | CARRERA ADMNISTRATIVA | 33 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 6 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 74 |
| SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | 6 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 18 |
| AUXILIAR AREA SALUD | 412 | 5 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 12 |
| SECRETARIO | 440 | 5 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 130 |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 4 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 87 |
| AUXILIAR AREA SALUD | 412 | 4 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 5 |
| CONDUCTOR | 480 | 3 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 2 |
| CONDUCTOR MECÁNICO | 482 | 3 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 1 |
| CELADOR | 477 | 2 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 234 |
| AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 470 | 1 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 516 |
| OPERARIO | 487 | 1 | ASISTENCIAL | CARRERA ADMNISTRATIVA | 14 |
| SUBTOTAL PLANTA | 1191 | ||||
| TOTAL, PLANTA | 2.995 | ||||
3. PLANTA DOCENTE - SECRETARIA DE EDUCACION
| DENOMINACION DEL CARGO | CLASIFICACION | CLASE DE EMPLEO | NUMERO CARGOS |
| DOCENTES | DOCENTE | CARRERA DOCENTE | 5949 |
| RECTORES | DIRECTIVO DOCENTE | CARRERA DOCENTE | 91 |
| COORDINADORES | DIRECTIVO DOCENTE | CARRERA DOCENTE | 322 |
| SUPERVISORES | DIRECTIVO DOCENTE | CARRERA DOCENTE | 4 |
| DIRECTORES DE NUCLEO | DIRECTIVO DOCENTE | CARRERA DOCENTE | 12 |
| TOTAL, PLANTA DOCENTE | 6378 | ||
ARTÍCULO 4o. Establecer en trescientos uno (301) el número total de trabajadores oficiales vinculados por contrato de trabajo al servicio de la administración Central de la Alcaldía de Santiago de Cali.
ARTÍCULO 5o. Establecer en veinte (20) el número total del personal al servicio del organismo Secretaria de Educación - asignado al Instituto Popular de Cultura - IPC.
PARÁGRAFO. A la finalización de la vinculación del personal al servicio del Instituto Popular de Cultura estos empleos no serán provistos ni se generarán vacantes, dado que sus denominaciones no existen en la planta actual de la administración central, ni corresponden a las contempladas en Artículo 15 del Decreto 785 de 2005.
ARTÍCULO 6o. Remitir copia del presente Decreto a la Subdirección Estratégica del Talento Humano, Subproceso Planeación del Talento Humano, Proceso Gestión y Desarrollo Humano, Secretaria de Educación, Subsecretaría Administrativa y Financiera para lo de su competencia.
ARTÍCULO 7o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los 30 días del mes de diciembre de 2022.
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali
<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>
1. “Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.”
2. “Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.”
3. “Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional.”
4. “Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.”
5. "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.”
6. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.”