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DECRETO 411.0.20.0710 de 2016

(diciembre 27)

Boletín Oficial No. 201. Año 2016, diciembre 28

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

Por medio del cual se determinan los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales de conservación para la vigencia fiscal 2017, en el municipio de Santiago de Cali

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,

en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Articulo 315 de la Carta Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por el Artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, el Artículo 190 de la Ley 1607 de 2012 y el Artículo 3o de la Ley 601 de 2000, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 190 de la Ley 1607 de 2012, los catastros descentralizados podrán contar con un índice de valoración diferencial, teniendo en cuenta el uso de los predios: residencial (por estrato), comercial, industrial, lotes, depósitos y parqueaderos, rurales y otros.

Que los avalúos catastrales de conservación se reajustarán anualmente en el porcentaje que determinen y publiquen los catastros descentralizados en el mes de diciembre de cada año, de acuerdo con los índices de valoración inmobiliaria que utilicen, previo concepto del Consejo de Política Económica y Fiscal del ente territorial, o quien haga sus veces.

Que el Municipio de Santiago de Cali cuenta con un Catastro Descentralizado, con la responsabilidad de actualizar los avalúos catastrales para así expandir la base gravable del impuesto predial.

Que el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal de Santiago de Cali celebró los Contratos No. 4131.0.26.1.1360 del 21 de noviembre de 2016 y el No. 4131.0.26.1.1362 del 24 de noviembre de 2016, con los siguientes objetos contractuales: Desarrollar avalúos comerciales para 653 predios ubicados en los diferentes corregimientos del área rural, definidos como puntos muestra por la Subdirección de Catastro para el cálculo del IVP (índice de Valoración Predial) en el Municipio de Santiago de Cali y Desarrollar avalúos comerciales para 2.562 predios definidos como puntos muestra por la Subdirección de Catastro para el cálculo del IVP (índice de Valoración Predial) en el área urbana del Municipio de Santiago de Cali en desarrollo del Proyecto de Fortalecimiento de la Gestión Catastral del Municipio de Santiago de Cali

Que el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal presentó el informe índice de Valoración Predial de Cali 2016, para vigencia 2017, el cual arrojó resultados y recomendaciones que permiten establecer el mencionado índice para la totalidad de predios ubicados en las veintidós (22) Comunas y quince (15) Corregimientos que conforman el área urbana y rural del Municipio de Santiago de Cali.

Que el Consejo de Política Económica y Fiscal del Municipio de Santiago de Cali, CONFIS, en Acta No. 046 del 27 de diciembre de 2016, emitió concepto favorable a los porcentajes de incremento anual de los avalúos catastrales de conservación de predios urbanos de las veintidós (22) Comunas y quince (15) Corregimientos que conforman el área urbana y rural del Municipio de Santiago de Cali.

Que de conformidad con el Artículo 190 de la Ley 1607 de 2012 la cual establece que: “Los catastros descentralizados podrán contar con un índice de valoración diferencial, teniendo en cuenta el uso de los predios: residencial (por estrato), comercial, industrial, lotes, depósitos y parqueaderos, rurales y otros. Los avalúos catastrales de conservación se reajustarán anualmente en el porcentaje que determinen y publiquen los catastros descentralizados en el mes de diciembre de cada año, de acuerdo con los índices de valoración inmobiliaria que utilicen, previo concepto del Consejo de Política Económica y Fiscal del ente territorial, o quien haga sus veces”. Parágrafo. El artículo 3 de la Ley 601 de 2001 será aplicable a todas las entidades territoriales que cuenten con catastros descentralizados.

Que Catastro Cali, de conformidad con lo previsto en la Ley 14 de 1983 y la Resolución 70 de 2011 del IGAC y demás normas concordantes a la fecha se encuentra formada y actualizada en su parte urbana y rural.

Que con el fin aplicar la norma vigente y fijar los avalúos catastrales de los predios urbanos de las veintidós (22) Comunas y quince (15) Corregimientos del área urbana y rural del Municipio de Santiago de Cali, se utilizará un índice de valoración diferencial, teniendo en cuenta el uso de los predios para el área urbana: residencial (por estrato), comercial, industrial, institucional y lotes. Para el área rural: residencial para: pequeña vivienda rural (PVR.- 0Has.0001M2a OHas.- 1501M2), y vivienda rural (VR. -OHas- 1501 M2 a 4Has.-9.999M2), recreacional, condominio, parcelación y casas fincas (R.C.P.CF), predios agropecuarios (AGRP=>5Has) y otros.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO 1. Adoptar los siguientes porcentajes de reajuste a los avalúos catastrales de conservación de los predios urbanos de las veintidós (22) Comunas del área urbana del Municipio de Santiago de Cali, para la vigencia 2017, así:

ÍNDICE DE VALORACIÓN PREDIAL - ÁREA URBANA

Vigencia Fiscal 2017

DESTINOPORCENTAJE %
Residencial estrato 12,8%
Residencial estrato 22.9%
Residencial estrato 33.0%
Residencial estrato 44.2%
Residencial estrato 55.0%
Residencial estrato 65.4%
Comercial (No corredor)4.2%
Comercial (corredor)5.4%
IIndustrial4.9%
Institucional4.0%
Lotes4.1%

ARTÍCULO 2. Adoptar los siguientes porcentajes de reajuste a los avalúos catastrales de conservación de los predios rurales de los quince (15) Corregimientos que conforman el área rural del Municipio de Santiago de Cali, para la vigencia 2017, así:

ÍNDICE DE VALORACIÓN PREDIAL - ÁREA RURAL

Vigencia Fiscal 2017

DESTINOPORCENTAJE %
RESIDENCIAL Y PREDIOS SIN CONSTRUCCION2.8%
CONDOMINIOS - PARCELACIÓN (PH)5.3%
PLANES PARCIALES5.9%
COMERCIO - INDUSTRIAS - RECREACIONALES4.4%
INSTITUCIONALES4.5%

ARTÍCULO 3. El presente Decreto rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santiago de Cali, a los veintisiete (27) días del mes de. Diciembre del año dos mil dieciséis  2016.

MAURICE ARMITAGE CADAVID

Alcalde de Santiago de Cali

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