DECRETO 4110.20.0659 DE 2017
(octubre 5)
Boletín Oficial No. 144 Año 2017, octubre 5
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se reglamenta el procedimiento para la elección de la junta directiva del comité ambiental comunitario de la comuna 14 y las vacantes de las comunas 2 y 4 del SIGAC en el municipio de Santiago de Cali, período 2016-2020, y se dictan otras disposiciones.
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial ¡as conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el art. 29 de la Ley 1551 de 2012, Decreto Extraordinario Municipal 411.0.20.0516 de septiembre 28 de 2016 y,
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto No 411.0.20,0566 del 31 de octubre de 2016, se derogan los Decretos No 0542 de noviembre 12 de2003 y 411,0.20.0750 de diciembre de 2009 de Santiago de Cali y se dictan normas sobre el Sistema de Gestión Ambiental Comunitario -SIGAC.
Que el mencionado Decreto contempló, que el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DAGMA tendrá la responsabilidad de destinar los recursos necesarios, para prestar el apoyo técnico y profesional que oriente a las instancias de participación en la solución de los conflictos ambientales en el territorio, garantizando las condiciones necesarias para que la comunidad urbana se organice, participe y sea representada a través del proceso de elección de Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios en cada comuna y para cada periodo, según lo dispuesto en el artículo 43.
Igualmente el artículo 44 Ibídem, trata del proceso de renovación de los Comités Ambientales Comunitarios, de la elección y posesión de sus juntas directivas.
Que para Llevar a cabo las elecciones de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios del SIGAC, Período 2016-2020, se dictó el Decreto Municipal No.411.0.20.0600 de noviembre 17 de 2016, que modificó de manera parcial el Decreto Municipal No.411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016, en cuanto al numeral 2 del artículo 17 y artículo 29 de dicho Decreto y reglamentó el procedimiento para las elecciones de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios SIGAC, periodo 2016- 2020 entre otras disposiciones que contempló.
Que posteriormente, se dictó el Decreto No.411.0.20.0635 de noviembre 25 de 2016, por el cual se modificaron transitoriamente y de manera parcial los Decretos Municipales 411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016 y 411,0.20.600 de 17 de noviembre de 2016.
Que el Decreto No.411.0.20.0635 de noviembre 25 de 2016, modificó el artículo 1 del Decreto No 411,0.20.0600 de noviembre 17 de 2016, el numeral 2 del artículo 29 del Decreto No.411.0.20,0566 de octubre 31 de 2016, modificó los numerales 3,3,3.5 y 3.8 del artículo 3 Decreto No. 411.0.20.0600 de noviembre 17 de 2016, se dictó de manera transitoria y rigiendo a partir de la fecha de expedición y publicación en el Boletín oficial del Municipio de Santiago de Cali y hasta la fecha de posesión e instalación de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios del SIGAC, para el período 2016-2020,
Que mediante la Resolución No.4133.0.21.1329 de 05 de diciembre de 2016 del DAGMA se crea el Comité Técnico de Apoyo a las elecciones de Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios del Sistema de Gestión Ambiental Comunitario - SIGAC-2016-2020, cuyo objetivo, función y conformación, quedó contenido en dicho Acto Administrativo.
Que el 10 de diciembre de 2016, se llevó a cabo en la jornada comprendida entre las 08:00 a.m. a 4:00 p.m., las elecciones de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios del Sistema de Gestión Ambiental Comunitario - SIGAC- 2016-2020 en el Municipio de Santiago de Cali.
Que mediante la Resolución No 4133.0.21-1392 del 20 de diciembre de 2016 expedido por el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente -DAGMA, declaró elegidos a las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios J.D.C.A para las comunas 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,15,16,17,18,19,20,21 y 22 para el período 2016-2020 en Santiago de Cali, se fijó para el 21 de diciembre de 2016 a las 3 p.m. como fecha de posesión e instalación de las nuevas Juntas Directivas mencionadas, y se ordena la expedición de credenciales a cada uno de los elegidos el sábado 10 de diciembre de 2016, la cual los Identifica como integrantes de la respectiva Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario SIGAC periodo 2016-2020.
Que en las consideraciones contenidas en la Resolución No.4133.0.21.1392 del 20 de diciembre de 2016, se hizo mención de la situación presentada en la Comuna 14, donde líderes de las cuatro (4) planchas inscritas, se reunieron al iniciar la jornada electoral y firmaron un documento con el cual solicitaron aplazar dicha elección, lo que fue acogido de manera favorable para la comuna 14.
En el mismo sentido, para las comunas dos (2) y cuatro (4), en las consideraciones de la Resolución del DAGMA No.4133.0.21.1392 del 20 de diciembre de 2016, quedó contemplada la situación relacionada con la radicación de la documentación incompleta de candidatos en la Ventanilla Única de) DAGMA, para conformar la plancha de Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario, lo anterior tiene que ver con el Incumplimiento de lo estipulado en el numeral 3.3 del artículo tercero (3) del Decreto No.411.0.20.0635 del 25 de noviembre de 2016 y las vacantes que se presentaron en la elección para las referidas comunas, vacantes que serán elegidas durante la jomada electoral para la comuna 14.
Que de conformidad con lo expuesto, y según lo evidenciado en la Resolución en mención en las comunas dos (2) y cuatro (4), los cargos de Secretario y Tesorero para la comuna dos (2) y el cargo de Responsable de Procesos de Cultura y Gestión de Conflictos Ambientales de la comuna cuatro (4) se encuentran vacantes, por consiguiente serán elegidos durante la jornada electoral a realizar igualmente para la comuna catorce (14).
Que al tenor de lo anterior, no han sido elegidos, tampoco posesionadas e instaladas en su totalidad, las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios para el período SIGAC 2016-2020.
Que como se indicó anteriormente al iniciar la jornada electoral el 10 de diciembre de 2016, con la finalidad de atender la solicitud elevada por parte de los líderes de las cuatro (4) planchas inscritas para la comuna catorce (14), sobre la elección de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios de dicha Comuna, lo conceptuado por el Comité de Apoyo Técnico a las Elecciones de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios del Sistema de Gestión Ambiental Comunitario -SIGAC- y lo plasmado en la Resolución No.4133.0.21J392 del 20 de diciembre de 2016, referente al tema y la declaratoria de elección de las nuevas Juntas Directivas para los Comités Ambientales Comunitarios, se llevó a cabo el 06 de marzo de 2017 en las instalaciones del DAGMA, reunión de concertación con los delegados de las cuatro (4) planchas inscritas para la elección de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la Comuna 14 y se presentaron propuestas para definir la hoja de ruta alrededor del Proceso de Elección para dicha Comuna, los representantes de las planchas fueron escuchados y manifestaron su intención que para las elecciones de la comuna 14, se inicie un nuevo proceso, entendiendo con lo anterior, que debe darse la Inscripción de Comisiones Ambientales Territoriales y de Candidatos para conformar la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la Comuna 14.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento de los principios que orientan la participación y representación ciudadana en materia ambiental establecidos en la Ley 99 de 1993 y lo dispuesto en los artículos 3, 4, 5, 25, 28 del Decreto No 411.0.20,0566 del 31 de octubre de 2016, se hace necesario reglamentar las elecciones de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario - J.D.C.A para la comuna 14 en Santiago de Cali, en el marco de las elecciones para el periodo 2016-2020.
Se hace necesaria igualmente, la elección de las vacantes en las comunas 2 y 4, para conformar la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario. El propósito es que dicha elección se cumpla de forma transparente, participativa, ordenada e imparcial y conforme a lo dispuesto en la normatividad antes señalada.
El Sistema de Gestión Ambiental Comunitario es incluyente y para facilitar a los ciudadanos la participación en el mismo, deben modificarse los requisitos para hacer parte de las Comisiones Ambientales Territoriales, requisitos que serán exigidos conforme lo disponga el presente Decreto.
Que en virtud de lo anterior, el Alcalde del Municipio de Santiago de Cali.
DECRETA.
ARTÍCULO 1. Establecer los REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LOS COMITÉS AMBIENTALES COMUNITARIOS: Para pertenecer al Comité Ambiental Comunitario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser mayor de 14 años.
2. No estar activo en un Comité Ambiental Comunitario diferente al que se va a ingresar,
ARTÍCULO 2. Establecer los REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COMITÉ AMBIENTAL COMUNITARIO: Para pertenecer a la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser mayor de dieciocho (18) años.
2. Estar registrado como miembro activo del Comité Ambiental Comunitario el cual va a representar,
3. Acreditar como mínimo 20 horas de formación académica en temas de educación ambiental.
ARTÍCULO 3. Modificar el artículo 29 del Decreto Municipal No 411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016, que trata DE LA POSTULACIÓN, el cual quedará así:
Para conformar una plancha de Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario se deben radicar los siguientes documentos en la Ventanilla Única del DAGMA:
1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía, de cada uno de los candidatos.
2. Formato Oficial de Inscripción de plancha que cumpla con lo exigido por el DAGMA.
3. Certificado de Formación Académica en temas de educación ambiental.
ARTÍCULO 4. Reglamentar el procedimiento para la elección de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario - J.D.C.A para la comuna 14 y las Vacantes de la Juntas Directivas del Comités Ambientales Comunitarios en las Comunas 2 y 4, conforme lo plasmado en la parte considerativa del presente Decreto.
Procedimiento para la elección:
4.1. Convocatoria:
El procedimiento de elección será convocado por el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente DAGMA, a los integrantes de los Comités Ambientales Comunitarios - C.A.C de las comunas 2 y 4 que se inscribieron oficialmente en el DAGMA hasta el lunes 05 de diciembre de 2016 y las que se inscriban desde la publicación de este decreto en el boletín oficial de la Alcaldía Municipal para la comuna 14, hasta el día viernes 13 de octubre de 2017 para el periodo de la vigencia 2016- 2020. Los horarios de inscripciones de las Comisiones Ambientales Territoriales de la comuna 14r serán de 8:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 5:00 pm en la Ventanilla Única del DAGMA, ubicada en el piso 1 del Edificio Fuente Versales en la Av. 5 a N # 20N-08 de Santiago de Cali, cualquier información adiciona) contactar al Grupo Participación Ciudadana de la Subdirección Integral de Gestión de Ecosistemas y UMATA del DAGMA, en el piso 8 de la anterior dirección, o al teléfono 6611317. Solo se recibirán Comisiones Ambientales Territoriales los días ordinarios.
De conformidad con lo plasmado en el Decreto No 411.0.20.0566 del 31 de octubre de 2016, artículo 14, que trata de su estructura, el Comité Ambiental Comunitario estará conformado por los habitantes, trabajadores o estudiantes que pertenezcan a las Comisiones Ambientales Territoriales de barrios de cada comuna.
PARÁGRAFO. Las personas inscritas en el DAGMA hasta el lunes 05 de diciembre de 2016, para pertenecer a las diferentes Comisiones Ambientales Territoriales - C.A.T de la comuna 14, deberán nuevamente realizar el registro ante el DAGMA y como se menciona en el párrafo anterior, las inscripciones Inician desde la publicación de este decreto en el boletín oficial de la Alcaldía Municipal, hasta el día viernes 13 de octubre de 2017, para el periodo de ¡a vigencia 2016-2020, situación diferente en las comuna 2 y 4t cuyo registro se realizó hasta el 05 de diciembre de 2016.
4.2 CONFORMACIÓN DE COMITÉS AMBIENTALES COMUNITARIOS. Para pertenecer a los Comités Ambientales Comunitarios, se deberá presentar:
4.2.1 Formato de conformación de Comisión Ambiental Territorial - C.A.T diligenciado.
4.3. Requisitos:
Para pertenecer a ia Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario para la presente elección, se deberán cumplirlos siguientes requisitos:
4.3.1 Ser mayor de dieciocho (18) años.
4.3.2. Estar registrado ante el DAGMA, como miembro activo del Comité Ambiental Comunitario, al cual va a representar.
4.3.3, Acreditar como mínimo, 20 horas de formación académica en temas de educación ambiental.
4.4. Conformación de Planchas:
Para conformar la plancha de Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitaria de la Comuna 14 y postularse a los cargos de Secretario y Tesorero en la Comuna 2, y Responsable de Procesos de Cultura Ambiental y Comunicación en la Comuna 4, se deben radicar los siguientes documentos en la Ventanilla Única del DAGMA, ubicada en el Edificio Fuente Versalles en la Av. 5 a N # 20N-08, primer piso, de la Ciudad de Cali.
4.4.1, Fotocopia de la cédula de ciudadanía, de cada uno de los candidatos.
4.4.2 Formato oficial de inscripción de plancha que cumpla con lo exigido por el DAGMA.
4.4.3. Certificado de formación académica en temas de Educación Ambiental.
PARÁGRAFO I. Todo ciudadano inscrito hasta el 5 de diciembre de 2016, en las Comisiones Ambientales Territoriales para las Comunas 2 y 4, podré postularse para conformar la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de las Comunas antes mencionadas.
PARÁGRAFO II. La conformación de plancha para la comuna catorce (14) será de 7 vacantes, lo que equivale a la totalidad de la Junta Directiva; para el caso de la comuna dos (2) las vacantes a elegir serán la del Secretario y Tesorero, lo que equivale a dos (2) vacantes y para la comuna cuatro (4) se elegirá el Responsable de Procesos de Cultura Ambiental y Comunicación, io que equivale a una (1) vacante,
4.5. Proceso de Inscripción;
Las planchas de los candidatos y los aspirantes a vacantes deben estar inscritas en el formato especial, el cual será definido por el Municipio de Santiago de Cali - DAGMA, este estará disponible en la oficina de Participación Ciudadana de la Subdirección Integral de Gestión de Ecosistemas y UMATA del DAGMA (Piso 8, Edificio Fuente Versalles en la Av. 5 a N # 20N-08), y en la página WEB de la Alcaldía: http://www.cali.gov.co/dagma/publicaciones/documentos_sigac_pub y se empezarán a recibir desde el lunes 9 de octubre hasta el viernes 13 de octubre de 2017.
Los candidatos a elegir, deberán inscribirse en una sola plancha; de encontrarse en dos o más planchas quedará automáticamente inhabilitada su postulación.
La asignación del número de las planchas que se Inscriban para conformar la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la comuna 14 se determinará de acuerdo al orden de llegada, de igual forma para el cubrimiento de las vacantes en las comunas 2 y 4. Es obligatorio el diligenciamiento de la totalidad del formato, so pena de no ser tenido en cuenta.
Los horarios de inscripciones de las respectivas planchas de candidatos para quienes aspiren a conformar la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la comuna 14 y cubrirlas vacantes en las comunas 2 y 4, serán de 8:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 5:00 pm en la Ventanilla Única del DAGMA, ubicada en el piso 1 del Edificio Fuente Versalles en la Av 5 a N # 20 N 08, cualquier información adicional contactar al Grupo Participación Ciudadana de la Subdirección Integral de Gestión de Ecosistemas y UMATA del DAGMA, en el piso 8 de la anterior dirección, o al teléfono 6611317,
4.6. Publicación de Planchas inscritas:
El día viernes 13 de octubre de 2017, a las 5:00 p.m., una vez vencido el plazo para la inscripción y modificación de las planchas, se iniciará el levantamiento de un acta por cada Comuna, haciendo constar el día y la hora, el número de planchas y de personas que hasta ese momento queden inscritos oficialmente para participar en el proceso electoral que define la conformación de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario para la Comuna 14 y las Vacantes en tas Comunas 2 y 4, con el respectivo acompañamiento de la Personería Municipal de Santiago de Cali.
El DAGMA anunciará en el boletín oficial de la Alcaldía el día martes 17 de octubre de 2017, el número de planchas registradas y aspirantes a cubrir vacantes, para oficializar el cierre definitivo.
4.7. Período de Elecciones:
Fíjese como fecha para la elección de la nueva Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la Comuna 14 y las Vacantes de las Comunas 2 y 4, el día domingo 5 de noviembre del 2017 desde las 8:00 am hasta las 4:00 pm. Los sitios de votación establecidos son los Centros de Atención Local Integrada (C.A.L.I,) de las Comunas en mención.
4.8. Mecanismo de Elección
Para elegir los integrantes de la nueva Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la Comuna 14 y las Vacantes de las Comunas 2 y 4 periodo 2016 -2020, se implementará la Metodología del Cuociente Electoral, la cual se dará a conocer por medio de instructivo previo a esta elección, a través del grupo de participación ciudadana del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA.
4.9. Derecho al voto:
Podrán ejercer el derecho al voto para elegir a la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la Comuna 14 y las Vacantes de las Comunas 2 y 4 período 2016-2020» las personas mayores de 14 años residentes en el Municipio de Santiago de Cali, que se registraron en las Comisiones Ambientales Territoriales hasta el lunes 05 de Diciembre de 2016, para el caso de las comuna 2 y 4, y las que se inscriban desde la publicación de este Decreto en el boletín oficial de la Alcaldía Municipal, hasta el día viernes 13 de octubre de 2017 para el caso de la comuna 14.
Los electores antes mencionados, deberán presentar al momento de sufragar la tarjeta de identidad o la cédula de ciudadanía según sea el caso además podrán votar por una sola plancha en el tarjetón, si se encontrase dos señalizaciones o más en los respectivos tarjetones quedarán anulados automáticamente.
4.9.1 Jurados:
El jurado en cada mesa de votación estará conformado por dos (2) representantes del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente, designados por el Director del DAGMA y por un (1) representante de la Secretaria de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana, designado por el Secretario de ese Despacho. Las dignidades asignadas a estos jurados se denominan Presidente, Vicepresidente y Vocal.
En cada uno de los puestos de votación, el proceso estará acompañado por Funcionarios de la Personería Municipal de Santiago de Cali; quienes acompañaran el proceso de elección garantizando que se realice de manera ordenada transparente y democrática.
Los Comités Ambientales Comunitarios, en el caso de la comuna 2 y 4 elegirán dos (2) veedores en cada comuna, quienes acompañarán al jurado durante la jornada electoral, Para el caso de la comuna 14, cada plancha asignará 1 veedor en cada puesto de votación. Los veedores no podrán estar registrados como candidatos en ninguna plancha para la elección de Junta Directiva de Comité Ambiental Comunitario.
ARTÍCULO 5. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS, Para el proceso de elección a que se refiere el presente Decreto, El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente DAGMA dispone de los recursos necesarios en el presupuesto de la presente vigencia fiscal de 2017, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal - CDP No, 3500071517 de fecha 23 de febrero de 2017, garantizando lo concerniente a la logística necesaria, para que el proceso electoral se realice adecuadamente. y
ARTÍCULO 6. POSESIÓN. La fecha de posesión e instalación de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de la Comuna 14 y las Vacantes de las Comunas 2 y 4 la determinaré el Departamento Administrativo de Gestión del Medio ambiente - DAGMA, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la elección.
El Director del DAGMA, expedirá la credencial como Integrante de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario, a cada uno de los elegidos.
ARTÍCULO 7. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha de expedición y su publicación en el Boletín Oficial de Municipio de Santiago de Cali y deroga los artículos 1 y 2 del Decreto Municipal No.4110.20.0600 de noviembre 7 de 2016, los artículos 1 y 2 del Decreto Municipal No4110.20.0635 de noviembre 25 de 2016, Los artículos 16 y 28 del Decreto Municipal No.411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016 y todos (os actos que sean contrarios.
Dado en Santiago de Cali, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MAURICE ARMITAGE CADAVID
Alcalde de Santiago de Cali