DECRETO 4110.20.0635 DE 2016
(noviembre 25)
Boletín Oficial No. 182. Año 2016, noviembre 28
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se modifican transitoriamente y de manera parcial, los decretos municipales 411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016 y 411.0.20.0600 de 17 de noviembre de 2016
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en ejercicio de s2us atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por el art. 29 de la Ley 1551 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No 411.0.20.0566 del 31 de octubre de 2016, se derogan los Decretos N°.O542 de noviembre 12 de 2003 y 411.0.20.0750 de diciembre 7 de 2009 de Santiago de Cali y se dictan normas sobre el Sistema de Gestión Ambiental Comunitario - SIGAC.
Que mediante el Decreto No.4110.20.0600 de noviembre 17 de 2016, se modificó parcialmente el Decreto Municipal No.411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016, se reglamenta el procedimiento para las elecciones de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios SIGAC, Período 2016-2020 y se dictan otras disposiciones.
Que en concordancia con lo anterior y en cumplimiento de los principios que orientan la participación y representación ciudadana en materia ambiental establecidos en la Ley 99 de 1993 y lo dispuesto en los artículos 3, 4, 5, 25, 28 y 29 del Decreto No 411.0.20.0566 del 31 de octubre de 2016, artículos 1 , 2 y 3 del Decreto No.4110.20.0600 de noviembre 17 de 2016, para efecto de llevar a cabo las elecciones para el periodo 2016 al 2020, de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios- J.D.C.A, de los precitados Decretos y con el propósito que dicha elección se cumpla de forma transparente, participativa, ordenada e imparcial.
El Alcalde del Municipio de Santiago de Cali,
DECRETA
ARTÍCULO 1. MODIFICAR el Articulo 1o del Decreto No.4110.20.0600 de noviembre 17 de 2016, en el sentido de establecer que en el proceso inscripción oficial para integrar el Comité Ambiental Comunitario, para la presente elección 2016-2020, no es necesario acreditar los documentos académicos, cuando quien se inscriba sea un estudiante, no es necesario acreditar con certificado laboral cuando quien se inscriba sea un trabajador y no es necesario el certificado de vecindad, ni convivencia, ni documento similar alguno, cuando la persona que se inscriba sea un residente del Barrio de la Comuna donde realice su gestión ambiental.
Para el Proceso de elección de Juntas Directivas de los Comités Ambientales I) Comunitario período SIGAC 2016-2020, los únicos requisitos exigibles para pertenecer al Comité Ambiental Comunitario son: el documento de identidad (Cédula de Ciudadanía o tarjeta de identidad según sea el caso) y el Formato de Conformación de Comisión Ambiental Territorial C.A.T, por consiguiente, no aplica el requisito consagrado en el numeral 2 del artículo 16 y el numeral 2 del artículo 17 del Decreto No.411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016.
ARTÍCULO 2. MODIFICAR el numeral 2 artículo 29 del Decreto No.411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016, en el sentido de que para la presente elección 2016-2020, no es necesario radicar, ni aportar el certificado de estudio, laboral o certificado de convivencia, según sea el caso, para conformar una plancha de Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario.
ARTÍCULO 3. MODIFICAR los numerales 3.3, 3.5 y 3.8 del artículo 3 del Decreto 411.0.20.0600 de Noviembre 17 de 2016, los cuales quedaran de la siguiente manera:
3.3. Conformación de Planchas:
Para conformar una plancha de Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario se deben radicar los siguientes documentos en la Ventanilla Única del DAGMA, ubicada en el Edificio Fuente Versalles en la Av. 5 a N # 20N-08, primer piso, de la Ciudad de Cali.
1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía, de cada uno de los candidatos.
2. Formato oficial de inscripción de plancha que cumpla con lo exigido por el DAGMA.
3. Certificado de formación académica en temas de Educación Ambiental.
3.5. Publicación de Planchas Inscritas
El día lunes 5 de diciembre de 2016, a las 5:00 p.m., una vez vencido el plazo para la inscripción y modificación de las planchas (cierre de inscripciones de planchas), se levantará un acta por cada Comuna, haciendo constar el día y la hora de recepción de la plancha, el número de planchas recibidas y las personas que hasta ese momento quedan inscritos oficialmente en el proceso electoral que define la conformación de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios, con el respectivo acompañamiento de la Personería Municipal de Santiago de Cali.
El DAGMA anunciará en el boletín oficial de la Alcaldía el martes 06 de diciembre de 2016, para oficializar el número de planchas por comuna.
3.8. Derecho al voto:
Podrán ejercer el derecho al voto para elegir a la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario periodo SIGAC 2016-2020, las personas mayores de 14 años residentes en el municipio de Santiago de Cali, que se registren en las Comisiones Ambientales Territoriales hasta las 5 p.m. del día lunes 05 de Diciembre de 2016.
Los electores antes mencionados, deberán presentar al momento de sufragar la tarjeta de identidad o la cédula de ciudadanía según sea el caso, además podrán votar por una sola plancha en el tarjetón, si se encontrase dos señalizaciones o más en los respectivos tarjetones quedarán anulados automáticamente.
El proceso de inscripción a las Comisiones Ambientales Territoriales, se realizará en el formato especial, el cual será definido por el municipio de Santiago de Cali - DAGMA, este formato está disponible en la oficina de Participación Ciudadana DAGMA (Piso 10, Edificio Fuente Versalles en la Av. 5 a N # 20N-08), o en la página WEB de la Alcaldía http://www.cali.gov.co/dagma/publicaciones/documentos_sigac_pub.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 44 del Decreto No 411.0.20.0566 del 31 de octubre de 2016, que trata del Proceso de Renovación de los Comités Ambientales Comunitarios, de la elección y posesión de sus Juntas Directivas y en especial el Parágrafo 1, la primera inscripción de personas interesadas en conformar los Comités Ambientales Comunitarios, deberán realizarla directamente en la Ventanilla Única del DAGMA.
Los demás aspectos contenidos en el artículo 3 del Decreto 411.0.20.0600 de noviembre 17 de 2016, quedan tal y como se dispuso en el mencionado artículo de dicho Decreto.
ARTÍCULO 4. MODIFICAR el artículo 5 denominado POSESION del Decreto 411.0.20.0600 de noviembre 17 de 2016, el cual quedara de la siguiente manera:
ARTÍCULO 5. POSESIÓN. La fecha para indicar el proceso de posesión e instalación de la nuevas Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios y del Consejo Ambiental Comunitario Municipal, se fijará a través del Departamento Administrativo de Gestión del Medio ambiente - DAGMA, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la elección.
El Director del DAGMA, expedirá la credencial como Integrante de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario, a cada uno de los de la ceremonia de posesión."
ARTÍCULO 5. Las demás disposiciones contenidas Decretos Municipales No.411.0.20.0566 de octubre 31 de 2016 y 411.0.20.0600 de 17 de noviembre de 2016, que no fueron sujetas a modificación en el presente Decreto, continúan vigentes.
ARTÍCULO 6. VIGENCIA. El presente Decreto se dicta de manera transitoria, rige a partir de la fecha de expedición y hasta la fecha de la posesión e instalación de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios del SIGAC para el período 2016-2020, se publicará en el boletín oficial de Municipio de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre 2016.
MAURICE ARMITAGE CADAVID
Alcalde Municipal de Santiago de Cali