DECRETO 4112.010.20.0605 DE 2017
(septiembre 8)
Boletín Oficial No. 127. Año 2017, septiembre 8
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se categoriza el Municipio de Santiago de Cali para la vigencia fiscal del año 2018.
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el parágrafo 5 del artículo 2 de la Ley 617 de 2000 y en el parágrafo 4 del artículo 7o de la Ley 1551 de julio 6 de 2012 modificatorias del artículo 6 de la Ley 136 de 1994 y,
CONSIDERANDO
Que según el parágrafo quinto del artículo 2o de la Ley 617 de 2000 "Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional"; y el parágrafo cuarto del artículo 7o de la Ley 1551 de julio 6 de 2012 "Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los Municipios", es función del Alcalde determinar anualmente mediante decreto la categoría en la que se encuentra clasificado el Municipio para el año siguiente.
Que de conformidad con lo estipulado en el Parágrafo 4o, inciso 2 artículo 7o de la Ley 1551 de 2012, para determinar la categoría en la que se encuentra clasificado el Municipio, se tiene como base las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior, así como la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DAÑE, sobre población para el año anterior y sobre el indicador de importancia económica.
Que de acuerdo con el CERTIFICADO expedido por el señor Contralor Delegado para Economía y Finanzas Publicas (Contraloría General de la República) de fecha 1 de Junio de 2017, el Municipio recaudó efectivamente durante la vigencia fiscal del año 2016, Ingresos Corrientes de Libre Destinación-ICLD- por la suma de ($833.162.296 miles), y los gastos de Funcionamiento representaron el treinta y cuatro coma ochenta y siete por ciento (34,87 %) de los ingresos corrientes de libre destinación.
Que el Departamento Nacional de Estadística -DANE a través de su Banco de Datos Certifica mediante oficio 442 de fecha 11 de Julio de 2017 y Radicado Orfeo 2017- 417301009078&2, que la población proyectada del Municipio de Santiago de Cali a 30 de Junio de 2016 es de dos millones trescientos noventa y cuatro mil novecientos veinticinco habitantes (2.394.925).
Que en cumplimiento de la Ley 1551 de 2012 mediante oficio 4.4.2-019 del 31 de Mayo de 2017 la Directora -Territorial DANE Suroccidental Cali certifica que el Municipio de Cali (V) identificado con el código 76001 le corresponde como resultado de la aplicación metodológica descrita en la Resolución No. 0578 del 2017 el grado (1) de importancia económica para el año (2018)
Que teniendo en cuenta las certificaciones expedidas por las entidades ya mencionadas se determina que el Municipio de Santiago de Cali, se encuentra clasificado para la vigencia fiscal 2018 en el primer grupo de Grandes Municipios en la CATEGORIA ESPECIAL.
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Determinar que el Municipio de Santiago de Cali se encuentra clasificado en el primer grupo de Grandes Municipios en la CATEGORIA ESPECIAL para la vigencia fiscal del año 2018, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de éste Decreto a la Dirección de Asuntos Territoriales del Ministerio del Interior dentro de los 3 días siguiente a la expedición, en cumplimiento del artículo 2 del Decreto 3202 de 2002 y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su respectivo registro.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali a los (8) días del mes de septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
MAURICE ARMITAGE CADAVID
Alcalde de Santiago de Cali