DECRETO 4112.010.20.0602 DE 2022
(septiembre 12)
Boletín Oficial No. 137. Año 2022, septiembre 12
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se conforma el comité de apoyo logístico del distrito especial, deportivo, cultural, turístico, empresarial y de servicios de Santiago de Cali, para las elecciones de jueces de paz y jueces de paz de reconsideración, que se realizarán el 27 de noviembre de 2022
El ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales y en especial las contempladas en el numeral 2o del Artículo 315 de la Constitución Política de Colombia, Artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el Artículo 29 Ley 1551 de 2012, y
CONSIDERANDO
Que la justicia de paz es un mecanismo de autocomposición ideado por el constituyente de 1991, para efectos de que las comunidades y los individuos de la sociedad colombiana puedan zanjar sus conflictos a través de un tercero que pertenece a la sociedad civil. La idea es que no todas las diferencias que perturban el orden social y la convivencia pacífica se diriman por la justicia ordinaria y los funcionarios del Estado.
Que bajo esta lógica nacen los jueces de paz, cuyo fundamento jurídico se encuentra, principalmente, en los artículos 116 y 247 de la Constitución, y se conciben como una de las manifestaciones de las jurisdicciones especiales en Colombia.
Que mediante la Ley 497 de 1999, “Por la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento” se otorgan facultades a los entes territoriales en el proceso de elección, periodo y ámbito territorial de competencia de los jueces de paz dentro de los municipios y distritos. Aspectos estos contemplados en el Título III (elección, periodo y requisitos) de la aludida ley.
Que el Consejo Nacional Electoral mediante la Resolución No. 002543 de 2003, "por la cual se reglamenta el proceso de votación para la elección de Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración y se derogan unas disposiciones”, en su artículo 7o señala lo siguiente:
"Artículo 7o. Colaboración y apoyo de las alcaldías municipales. Los Alcaldes de los municipios donde se convoque a elecciones de Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración, brindarán el apoyo necesario para la realización de las votaciones, consistente básicamente en la prestación del servicio de transporte de elementos electorales y funcionarios a los puestos de votación, la instalación de mesas y sillas, el suministro de esteros, marcadores y resaltadores, la impresión de tarjetas electorales y de los formularios que se requieran para el proceso de las votaciones. ” (Subrayado fuera del texto)
Que el Honorable Concejo Distrital de Santiago de Cali expidió el Acuerdo No. 0534 de fecha 27 de julio de 2022 intitulado "Por el cual se convoca a elecciones de jueces de paz y jueces de paz de reconsideración en el Distrito Especial de Santiago de Cali para el período 2022-2027 y se dictan otras disposiciones"
Que el precitado Acuerdo con relación a la elección, financiación, apoyo logístico y período de los jueces de paz, dispone lo siguiente:
“ARTÍCULO PRIMERO. FECHA CONVOCATORIA ELECCIÓN. Convocase a elecciones de Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración en el Distrito especial de Santiago de Cali, para el domingo 27 de noviembre del 2022. Los Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración serán elegidos mediante votación popular por los ciudadanos de las comunas y corregimientos ubicados en las circunscripciones electorales, que se determinan en el presente Acuerdo.”
“ARTÍCULO SEPTIMO. FINANCIACIÓN DEL PROCESO. El Alcalde de Santiago de Cali, a través de la Secretaria de Paz y Cultura Ciudadana, apropiara de manera prioritaria en el presupuesto anual los recursos necesarios para garantizar la elección de los Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración, así como su capacitación y demás erogaciones que se deriven de este proceso democrático, en el periodo correspondiente. ”
“ARTÍCULO OCTAVO. APOYO LOGÍSTICO PARA LAS ELECCIONES: El Alcalde de Santiago de Cali, brindará el apoyo logístico necesario a la Registraduría Municipal del Estado Civil, para la realización de las elecciones de jueces de paz y jueces de paz de reconsideración, a realizarse en el mes de noviembre de 2022, conforme lo consagrado en el artículo 7 de la Resolución No. 002543 de 2003 expedida por el Consejo Nacional Electoral.
Parágrafo. La Secretaría de Paz y Cultura Ciudadana del Distrito de Santiago de Cali, será la encargada de promover y apoyar el proceso electoral de los jueces de paz y jueces de paz de reconsideración atendiendo entre otras, las necesidades de capacitación, divulgación y demás aspectos organizacionales del proceso electoral.”
Que, en virtud del principio de colaboración armónica de las ramas del poder público, contenida en el artículo 113 de la Constitución Política de 1991, en concordancia con el artículo 6o de la Ley 489 de 1998, la entidad territorial debe apoyar logísticamente el proceso electoral para la elección de los jueces de paz y jueces de paz de reconsideración para el período 2022-2027.
Que el 27 de noviembre de 2022, se llevarán a cabo las elecciones de Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali.
Que la responsabilidad para brindar el apoyo logístico del Proceso Electoral le asiste a todos los organismos que integran la Administración Central y Descentralizada del Distrito para garantizar el normal desarrollo de los comicios y la efectividad de los derechos electorales.
Que en virtud de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. CONFORMAR el Comité de Apoyo Logístico del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, para las elecciones de Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración período 2022-2027, que se llevarán a cabo el día 27 de noviembre de 2022.
Parágrafo. El Comité estará integrado por todos los Organismos que conforman la Administración Central y Descentralizada del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali. Así mismo, podrán colaborar las demás Entidades que se requieran para el cabal éxito del proceso electoral, garantizando así, el normal desarrollo de los comicios y la efectividad de la participación y el ejercicio de los derechos electorales en la referida jornada.
ARTÍCULO SEGUNDO. DESIGNACIÓN. <Artículo modificado por el artículo 1 del Decreto 4112.010.20.0663 de 07 de octubre de 2022 de la Alcaldía de Santiago de Cali. El nuevo texto es el siguiente:> El Comité de Apoyo Logístico del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali estará presidido por el Secretario de Seguridad y Justicia, o quien haga sus veces, y por un coordinador logístico designado por éste, quienes efectuarán las convocatorias a las reuniones y levantarán las actas en las que se consigne el desarrollo y decisiones que se adopten.
Parágrafo. El Comité se reunirá previa convocatoria realizada por la Secretaría de Seguridad y Justicia.
ARTÍCULO TERCERO. El Comité de Apoyo logístico del Distrito de Santiago de Cali, tendrá las siguientes funciones.
1. Apoyar y brindar todo el soporte requerido para la elección de Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, en aras de garantizar el éxito del proceso electoral.
2. Suministrar los insumos, equipos, vehículos, materiales y demás elementos que se requieran para el proceso de convocatoria a las elecciones.
3. Disponer de los inmuebles que se requieran para el desarrollo de la jornada electoral.
4. Asignar el recurso humano durante el desarrollo de las fases del proceso electoral.
ARTÍCULO CUARTO. El presente decreto rige a partir de su fecha de expedición y publicación en el Boletín Oficial del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los 12 días del mes de agosto de 2022.
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde Distrital de Santiago de Cali