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DECRETO 4112.010.20.0595 DE 2021

(agosto 27)

Boletín Oficial No. 140. Año 2021, agosto 27.

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

Por medio del cual se levanta la emergencia sanitaria y ambiental en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, decretada mediante el decreto no. 4112.010.20.0239 del 7 de mayo de 2021.

EL ALCALDE DISTRITAL DE SANTIAGO DE CALI,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 2,49 y artículo 315 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, la Ley 142 de 1994, la Ley 1523 de 2012, la Ley 1751 el Decreto 1077 de 2015 de 2016 y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 2o de la Constitución Política de Colombia, establece:

"ARTÍCULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares."

Que de conformidad al artículo 49 de la Constitución Política, Artículo modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 2 de 2009. "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud."

Que mediante el Decreto No. 4112.010.20.0239 del 7 de mayo de 2021 se decretó la emergencia sanitaria y ambiental en el distrito especial, deportivo, cultural, turístico, empresarial y de servicios en el marco de la alteración del orden público.

Que en el artículo 3 del Decreto No. 4112.010.20.0239 del 7 de mayo de 2021 se conforma la Comisión Interinstitucional para la Gestión de Residuos Sólidos en el marco de la afectación al orden público, con el objeto de establecer mecanismos de solución y la articulación con las instancias correspondientes para conjurar amenazas y remediar la consecuencia que se pueden presentar en el Distrito Especial de Santiago de Cali por la afectación en la prestación del Servicio Público Domiciliario de Aseo, sin el estricto cumplimiento de los criterios de continuidad, calidad y eficiencia, dada la situación de orden público con motivo del Paro Cívico Nacional.

Que conforme lo señalado en el Decreto No. 4112.010.20.0239 del 7 de mayo de 2021, y con el objetivo de dar cumplimiento a lo allí dispuesto, el Director de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESPM, como Secretario Técnico de la Comisión Interinstitucional para la Gestión de Residuos Sólidos, coordinó cinco (5) reuniones de la comisión logrando a la fecha las siguientes acciones para el restablecimiento del servicio público de aseo en el distrito a saber:

1. Consolidación del corredor humanitario las 24 horas los siete días de la semana, coordinación efectuada desde el Puesto de Mando Unificado de la Policía Metropolitana y gestiones realizadas con la articulación del alcalde de Vijes y Yotoco.

2. Abastecimiento por parte de las empresas de aseo del combustible para la continuidad en la operación de recolección, transporte, transferencia y disposición final.

3. Cumplimiento de las empresas del servicio de aseo de la solicitud realizada por la ASPA con el establecimiento y puesta en marcha de la operación dé los Planes de Contingencia para superar la emergencia presentada. Por parte de Sirva E.S.P. En Liquidación cuya cobertura de prestación del 95% a través de sus cuatro empresas contratistas: Ciudad Limpia S.A.E.S.P., PromoCali S.A.E.S.P., PromoValle S.A.E.S.P., Veolia S.A.E.S.P., y de las empresas que cubren el 5% restante de la operación que corresponden a Misión Ambiental S.A.E.S.P., Lis S.A.E.S.P., Pro Ambientales S.A.E.S.P., Serviambientales S.A.E.S.P., y Proasa S.A.E.S.P.

4. Por parte de Interóseo del Valle SAS E.S.P. cumplimiento en la operación de transferencia de residuos sólidos desde Rozo hasta el punto de Disposición Piñal en el Relleno Sanitario Coloma - El Guacal en el municipio de Yotoco, garantizando la operación con equipos adicionales.

5. Campañas de manejo de residuos sólidos por parte de la Administración Distrital y Empresas de Aseo, bajo las condiciones que se presentaron por la emergencia sanitaria y ambiental.

Que la Comisión interinstitucional Emergencia por residuos sólidos CIER, en reunión celebrada el día 27 de julio evaluaron las acciones desarrolladas para conjurar la emergencia, indicando que las mismas han permitido el restablecimiento del 100% en la prestación del servicio público de aseo en el área urbana como rural del distrito de Santiago de Cali y que no se presentó afectación en la prestación de este servicio esencial en los hechos ocurridos el 20 de julio de 2021.

Que por lo anterior la Comisión Interinstitucional de Emergencia de Residuos - CIER recomendó levantar la medida de Declaratoria de Emergencia Sanitaria y Ambiental, proferida por el Decreto No. 4112.010.20. 0239 de 2021 del 7 de mayo de 2021, en razón que los motivos que llevaron a su declaratoria han cesado.

Que la Comisión Interinstitucional de Emergencia de Residuos - CIER, recomienda al señor alcalde el levantamiento de la Declaratoria de la Emergencia Sanitaria y Ambiental por Residuos sólidos.

Que el Director de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - ASPA, mediante oficio con radicación de Orfeo No. 202141820100034754 del 31 de julio de 2021, solicita al Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública levantar la de declaratoria sanitaria y ambiental, remitiendo el Acta CIER No. 4182.010.3.21.42 del 27 de julio de 2021.

Que con fundamento en las anteriores consideraciones se hace necesario declarar terminada la emergencia sanitaria y ambiental por residuos sólidos.

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. Dar por terminada la declaratoria de emergencia sanitaria y ambiental por residuos sólidos decretada mediante el Decreto No. 4112.010.20. 0239 de 2021 del 7 de mayo de 2021, de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente decreto y el Acta CAER No. 4182.010.3.21.42 del 27 de julio de 2021 de la Comisión Interinstitucional de Emergencia de Residuos - CAER

ARTÍCULO SEGUNDO. Hace parte integral del presente decreto el Acta CAER No. 4182.010.3.21.42 del 27 de julio de 2021.

ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Distrito de Santiago de Cali.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santiago de Cali, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021).

JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ

Alcalde de Santiago de Cali.

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