DECRETO 411.0.20.0524 DE 2016
(septiembre 29)
Boletín Oficial No. 149. Año 2016, septiembre 29
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se categoriza el municipio de Santiago de Cali para la vigencia fiscal del año 2017
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el parágrafo 5 del artículo 2 de la Ley 617 de 2000 y en el parágrafo 4o del artículo 7 de la Ley 1551 de julio 6 de 2012 modificatoria del artículo 6 de la Ley 136 de 1994 y,
CONSIDERANDO
Que según el parágrafo quinto del artículo 2 de la Ley 617 de 2000 y el parágrafo cuarto del artículo 7o de la Ley 1551 de julio 6 de 2012 Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los Municipios, es función del Alcalde determinar anualmente mediante Decreto la categoría en la que se encuentra clasificado el Municipio para el año siguiente.
Que de conformidad con lo estipulado en el parágrafo 4o inciso 2 del artículo 7 de la Ley 1551 de 2012 para determinar la categoría en la que se encuentra clasificado el Municipio, se tiene como base las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior, así como la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DAÑE, sobre población para el año anterior y sobre el indicador de importancia económica.
Que de acuerdo con el CERTIFICADO expedido por la señora Contralora Delegada para Economía y Finanzas Publicas (Contraloría General de la República) de fecha 11 de julio de 2016, el Municipio recaudó efectivamente durante la vigencia fiscal del año 2015, Ingresos Corrientes de Libre Destinación-ICLD- por la suma de $823.824.624 miles, y los Gastos de Funcionamiento representaron el Treinta y dos coma Treinta y tres por Ciento (32,33 %) de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.
Que el Departamento Nacional de Estadística DANE a través de su Banco de Datos CERTIFICA mediante oficio 4.4.2-019-02 de fecha 26 de julio de 2016 y Radicado 2016-41110-0909092, que la población proyectada del Municipio de Santiago de Cali a 30 de junio de 2015 es de Dos Millones trescientos sesenta y nueve Mil ochocientos veintiún habitantes ( 2.369.821).
Que en cumplimiento de la Ley 1551 de 2012 mediante oficio 4.4.2-019 del 21 de Julio de 2016 la Directora Territorial del Suroccidente DAÑE -Cali, certifica que el Municipio de Cali (V) identificado con el código 76001 le corresponde como resultado de la aplicación metodológica descrita en la Resolución No. 1474 del 17 de julio de 2015 el grado (1) de importancia económica para el año 2014.
Que teniendo en cuenta las certificaciones expedidas por las entidades ya mencionadas se determina que el Municipio de Santiago de Cali, se encuentra clasificado para el año fiscal 2017 en el primer grupo de Grandes Municipios en la CATEGORIA ESPECIAL.
Que, por lo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Determinar que el Municipio de Santiago de Cali se encuentra clasificado en el primer grupo Grandes Municipios en la CATEGORIA ESPECIAL para la vigencia fiscal del año 2017, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia a la Dirección de Asuntos Territoriales del Ministerio del Interior y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su respectivo registro.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis
MARIA VIRGINIA JORDAN QUINTERO
Directora Departamento Administrativo de Hacienda Municipal.
MAURICE ARMITAGE CADAVID
Alcalde de Santiago de Cali