DECRETO 4112.010.20.0510 DE 2020
(febrero 13)
Boletín Oficial No.26. Año 2020, febrero 13
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se declara la Copa América 2020 como un evento de interés público para el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali.
EL ALCALDE DEL DISTRITO ESPECIAL, DEPORTIVO, CULTURAL, TURÍSTICO, EMPRESARIAL Y DE SERVICIOS,
en uso de sus facultades Legales y Constitucionales, en especial las conferidas en el artículo 315 de la Constitución Política y
CONSIDERANDO
Que el artículo segundo de la Constitución Política de Colombia, establece: "Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo...
Que el artículo 315 de la Constitución Política de Colombia, señala dentro de las funciones del Alcalde, dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
Que el artículo 52 de la mencionada Carta Política, modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo No, 2 de 2000, prescribe: "El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano, El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas''.
Que la Ley 181 de 1995 “Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte”, determina cómo objetivos generales el patrocinio, el fomento, la clasificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento. de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, entre otras.
Que el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, ha sido ja sede principal del deporte en Colombia y. América y desde los VI Juegos Panamericanos de 1971, la Ciudad ha venido realizando eventos deportivos internacionales, que han dado identidad a una característica de pasión por el deporte.
Que la Copa América 2020, Edición 47 es el principal Torneo Oficial de Fútbol masculino en América, organizada por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), y la principal competencia futbolística entre las selecciones nacionales de América del Sur, donde Santiago de Cali, hace parte de las cuatro ciudades Colombianas que serán sub sedes de este magno evento.
Que para el año 2020 se realizará la Copa América, edición No. 47, iniciando el 12 de junio de 2020 en Argentina, y culminando el 12 de julio de 2020, donde se coronará igualmente al; nuevo campeón continental en Colombia.
Que la Copa América 2020, es un evento de interés público para el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali y la Alcaldía: se encuentra comprometida en brindar el mayor respaldó al deporte como base fundamental de desarrollo de una sociedad, toda vez, que es el deporte con más arraigo y popularidad, con relevancia tanto a nivel nacional como internacional; tiene tradición y vocación de: permanencia en todo el territorio colombiano,
Qué de acuerdo al cronograma, la capital Vallecaucana abrirá sus puertas a la Copa América 2020, los días 14, 17, 28 de junio y 01 de julio de 2020 y un posible partido para los cuartos de final, entre el que termine de segundo en el Grupo B contra el tercero del Grupo A.
Que dicho evento será llevado a Cabo en el Estadio Olímpico Pascual Guerrero del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali.
Qué la Copa América 2020 genera parala ciudad mayor afluencia de turistas e incremento en su economía, visibilizando aún más a los caleños,
Que siendo el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago De Cali, subsede de la Copa América 2020, les permite a los caleños disfrutar de cuatro partidos clasificatorios y uno en: cuartos de final.
Que la realización del evento, más allá de ser deportivo, añade otros valores cómo la interculturalidad que otorga la diferente procedencia de los participantes, la integración social conseguida a través de la implicación de diferentes colectivos, a más del impacto de la economía local.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Declarar la Copa América 2020, como un evento de interés público, para el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali dad de Santiago de Cali.
ARTICULO SEGUNDO. El presente Decreto será publicado y divulgado, por la oficina de comunicaciones de la Alcaldía de Santiago de Cali y demás medios de comunicación de la Ciudad y rige a partir de la fecha de su publicación el Boletín Oficial de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los (13) días del mes de Febrero 2020
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde de Santiago de Cali