DECRETO 4112.010.20.0500 DE 2021
(julio 1)
Boletín Oficial No. 107. Año 2021, julio 8.
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se ordena izar las banderas los días 3, 20 y 25 de julio de 2021, en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago De Cali
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 315 de la Carta Política y el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012.
CONSIDERANDO:
Que el artículo primero del Decreto Nacional 1967 de 1991, establece "es obligación izar la Bandera Nacional en todo el territorio colombiano en los edificios, casas y dependencias oficiales y particulares, en las siguientes fechas: 20 de julio, 7 de agosto, 12 de octubre, 11 de noviembre y fiesta nacional del Sagrado Corazón de Jesús? Se izará enlutada y a media asta en los días declamados oficialmente como duelo nacional y en las ocasiones que lo disponga expresamente el Congreso Nacional o el Órgano Ejecutivo".
Que el artículo tercero del Acuerdo Municipal 038 de mayo 10 de 1999 "Por medio de cuál se adopta el uso de símbolos municipales en actos colectivos públicos y privados que se realicen en territorio del Municipio de Santiago de Cali" establece que "En todas las edificaciones públicas y Privadas del territorio del Municipio de Santiago de Cali, deberá izarse obligatoriamente la Bandera ciudad el día de la manifestación de Independencia local, el 3 de julio de cada año".
Que el acuerdo ibídem señala que el desarrollo del sentido de pertenencia se consigue, entre otras formas, mediante la práctica constante de ceremonias y uso de símbolos que de alguna manera identifiquen lo propio con el sentimiento de las personas.
Que la apropiación que todos los habitantes de la ciudad hagan de sus símbolos y emblemas contribuye a crear un clima de identificación constante de lo caleño como fuerza de defensa de lo que nos pertenece de manera colectiva.
Que el 3 de julio de 2021, se conmemoran 211 años de la proclamación de la Ciudad de Santiago de Cali, como precursora de la independencia de Colombia.
Que el 20 de julio del presente año, se celebran 211 años de la independencia de la República de Colombia.
Que el 25 de julio se conmemoran los 485 años de fundación de la Ciudad de Santiago de Cali.
Que es deber del Gobierno Distrital rendir homenaje a la bandera de Cali, en las fechas en que se recuerdan los grandes acontecimientos de la Ciudad y coadyuvar para mantener vivos los valores que concurren a la unidad y fortalecimiento de la solidaridad Social.
Que se hace necesario que estas fechas tan importantes sean conmemoradas por la comunidad caleña, resaltando los valores cívicos, los símbolos de la Ciudad, enalteciendo con ello el orgullo de sus habitantes.
Que es necesario fortalecer y promover el civismo, la cultura ciudadana y el respe'' hacia los Símbolos Patrios Nacionales y Distritales.
Que en virtud de lo anterior,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Ordenar izar la Bandera del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, en los edificios públicos y privados del Distrito de Santiago de Cali, los días 3 y 25 de julio del 202 l|, en conmemoración de la proclamación de la independencia y los 485 años de fundación de la ciudad de Santiago de Cali, respectivamente.
ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar izar la Bandera Nacional en las casas, edificios públicos y privados del Distrito Especial Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, el día 20 de julio del presente año.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los un (1) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde de Santiago de Cali.