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DECRETO 4112.010.20.0374 de 2017

(mayo 26)

Boletín Oficial No. 80. Año 2017, mayo 30

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

Por el cual se convoca al XXXVII Concurso Anual de Periodismo y Reportería gráfica Alfonso Bonilla Aragón.

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,

en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto No. 0008 de Enero 12 de 1981 se crearon los “Premios Anuales de Periodismo y Reportería Gráfica Alfonso Bonilla Aragón”.

Que mediante la Ley 1016 de 2006, “Por la cual se adoptan normas legales, con meros propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la actividad periodística y de comunicación a fin de garantizar su libertad e independencia profesional”, se declaró, en el artículo sexto: “(...) el día cuatro (4) de agosto de todos los años como el Día del Periodista y Comunicador en conmemoración de la primera publicación de la Declaración de los Derechos del Hombre, realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio Nariño Precursor de la Independencia”.

Que es deber del Gobierno exaltar y estimular a los profesionales de los medios de comunicación por su papel esencial en el fortalecimiento de nuestra democracia y por el compromiso demostrado con los valores de la comunidad de Santiago de Cali y de la comarca vallecaucana.

Que la Alcaldía de Santiago de Cali ha institucionalizado el “Concurso Anual de Periodismo y Reportería Gráfica Alfonso Bonilla Aragón”, en homenaje y memoria de uno de los periodistas más destacados de Cali y quien comprometiera su trabajo con la cultura y los valores de la civilidad, en un desinteresado y nobilísimo esfuerzo por el desarrollo de la comarca.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Se convoca el 'Concurso Anual de Periodismo y Reportería Gráfica Alfonso Bonilla Aragón' a partir del viernes 2 de junio de 2017, para recibir los trabajos que participarán en las modalidades establecidas, con el fin de conferir a los

periodistas profesionales, independientes y de los medios de comunicación, que se distinguen por su aporte creativo y su apoyo decidido a la evolución y desarrollo de Cali y el Valle del Cauca.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los trabajos concursantes se recibirán en la Oficina de
Comunicaciones de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía de Santiago de Cali hasta el viernes 23 de junio de 2017 a las 4:00 p.m. El fallo del Jurado Calificador se conocerá en ceremonia solemne que se realizará en agosto de 2017

ARTÍCULO TERCERO: Los premios y sus asignaciones correspondientes se entregarán a los mejores trabajos periodísticos en las modalidades de:

1. Radio

2. Prensa

3. Televisión

4. Reportería Gráfica en Prensa

5. Reportería Gráfica en Televisión

6. Comunicación para la Ecología y el Medio Ambiente

7. Periodismo Deportivo

8. Periodismo Digital

9. Comunicación para la Equidad de Género

10. Periodismo Feria de Cali

11. Periodismo Universitario

12. Periodismo en Salud

13. Documental

14. Cultura Ciudadana

15. Reconciliación y Paz

16. Caricatura

17. Periodismo Económico

1. RADIO: Se tendrá en cuenta la labor investigativa, la narración objetiva, veraz y oportuna, donde se muestre respeto por el oyente a través de un lenguaje claro y sencillo, consciente del público al que va dirigido y la utilización de los diversos recursos tecnológicos que el medio proporciona. Podrán participar con noticias, reportajes, entrevistas, informes especiales, crónicas o perfiles.

2. PRENSA: Se evaluará la contextualización de la información que lleve a que el lector comprenda el mensaje y adquiera elementos de juicio conducentes a sacar sus propias conclusiones, al igual que el seguimiento e investigación del suceso, tratado con objetividad, credibilidad, moralidad, sin valores de juicio personales, ni sensacionalismo. Podrán participar con noticias, reportajes, entrevistas, informes especiales, crónicas o perfiles.

3. TELEVISION: Se premiarán los productos que motiven al televidente con notas de grao impacto, relevancia, el buen manejo de la imagen, la tecnología, el lenguaje audiovisual y el respeto por la dignidad de las personas. Podrán participar con noticias, reportajes, entrevistas, informes especiales, crónicas o perfiles.

4. REPORTERÍA GRÁFICA EN PRENSA: Se tendrá en cuenta el sentido de la

oportunidad, adecuada narración gráfica y captura real de la imagen en el momento preciso. Así mismo, la relevancia de la temática, la correcta utilización de los recursos técnicos y la espontaneidad.

5. REPORTERÍA GRÁFICA EN TELEVISIÓN: Se evaluará la coherencia en la narración audiovisual, buen manejo de la imagen, impacto noticioso y utilización de los recursos, sin dejar de lado el valor informativo, la oportuna grabación de la acción y el respeto por la dignidad humana.

6. COMUNICACIÓN PARA LA ECOLOGÍA Y EL MEDIO AMBIENTE: Se premiará la motivación de los medios de comunicación para que la comunidad tome conciencia acerca de su compromiso, respeto y preservación del medio ambiente, la protección de la fauna, la flora, las riquezas hídricas y demás recursos naturales renovables, mediante un enfoque periodístico contundente, que muestre la realidad social y sugiera soluciones viables. Podrán participar trabajos radiales, escritos, audiovisuales o electrónicos.

7. PERIODISMO DEPORTIVO: Se premiarán los trabajos que promuevan una cultura de no violencia y cero fanatismo, utilizando para ello un lenguaje que motive respeto y tolerancia, en beneficio de la comunidad e invitando a la práctica de diferentes disciplinas y la utilización del tiempo libre, donde se destaque el esfuerzo de los deportistas. Podrán participar trabajos radiales, escritos, audiovisuales o electrónicos.

8. PERIODISMO DIGITAL: Se evaluará el tratamiento adecuado a las posibilidades tecnológicas del internet, propuestas innovadoras, investigación periodística del tema, actualizaciones, motivación a la audiencia, uso correcto del lenguaje electrónico y presentación de la información acorde con la tecnología.

9. COMUNICACIÓN PARA LA EQUIDAD DE GÉNERO: Se premiarán los medios de comunicación que conduzcan a un lenguaje inclusivo, que llamen por su nombre los actos de violencia contra las mujeres, con el propósito de abordar la desigualdad y la subordinación de ellas, develar las relaciones de poder y buscar nuevas formas narrativas, donde se piense cuáles son los problemas claves de la sociedad y preguntarse cómo el periodismo puede ayudar a superarlos. Podrán participar trabajos radiales, escritos, audiovisuales o electrónicos.

10. PERIODISMO FERIA DE CALI: Se tendrán en cuenta los trabajos que demuestren la importancia de este evento dinamizador de la economía local, permitiendo visibilizar los diversos procesos culturales de la ciudad y la participación popular que vive la ciudad en la última semana del año. Podrán participar trabajos radiales, escritos, audiovisuales o electrónicos.

11. PERIODISMO UNIVERSITARIO: Se calificará la innovación y pertinencia del tema, manejo adecuado de los géneros periodísticos, respeto y pluralidad en las fuentes y coherencia en los textos. Podrán participar los trabajos periodísticos frutos de actividades académicas que se hayan publicado en los medios de comunicación de las universidades. Los trabajos universitarios solo podrán participar en esta categoría ya sean radiales, escritos, audiovisuales o electrónicos.

12. PERIODISMO EN SALUD: Se evaluará la repercusión de la información frente a un marco de humanización, buenas prácticas, garantía de los derechos y armonización de las relaciones entre los actores del sistema de salud en perspectiva de ciudad región, entendiéndose el concepto de la salud como un estado personal de bienestar, que incluye aspectos biológicos, ambientales, de estilo de vida y de eficiencia de los servicios de salud.

13. DOCUMENTAL: En esta categoría se calificará la variedad narrativa, gráfica y artística, utilizada para mostrar historias desde un punto de vista simple y directo, la generación de opinión a través de entrevistas documentales, charlas, conversatorios o similares en formato documental.

14. CULTURA CIUDADANA: Se calificará la promoción y divulgación de procesos de cultura ciudadana que incluyan conocimientos, actitudes, prácticas o representaciones de la ciudadanía en el ejercicio de los derechos, las relaciones de convivencia, la relación adecuada con el entorno, el desarrollo de sentido de pertenencia por la ciudad, el empoderamiento de buenas prácticas y la responsabilidad social. Las prácticas presentadas y promovidas pueden estar incluidas en cualquiera de los siguientes ejes temáticos: cultura del espacio público, cultura del medio ambiente, cultura de la convivencia, cultura de la seguridad ciudadana, Se tendrá en cuenta la innovación en el tratamiento de los géneros periodísticos y la inclusión de diversos actores sociales.

15. RECONCILIACIÓN Y PAZ: se evaluarán los trabajos periodísticos que visibilicen los procesos de reconciliación y paz entre actores del conflicto encaminados a solucionar problemáticas como: desarrollo integral, generación de ingresos, educación, salud, nutrición, promoción y respeto de los derechos humanos, además de otras áreas que promuevan el progreso y el mejoramiento de las relaciones sociales.

16. CARICATURA: Se premiarán los trabajos donde el humor y la información permitan al lector discernir sobre temas sociales, políticos, culturales o de cualquier índole, sin que ello raye en la burla o la ofensa.

Lo anterior no obsta para que los personajes o situaciones sean exagerados en sus rasgos o en las proporciones de los dibujos. Se tendrá en cuenta la habilidad del artista, pues entre más sencilla y reveladora sea la imagen, mayor es su impacto en la opinión pública.

17. PERIODISMO ECONÓMICO: Se premiarán los trabajos periodísticos cuya principal virtud sea visibilizar las realidades económicas de la región, las potencialidades y retos económicos, además de la innovación como motor de competitividad de la ciudad y la región.

ARTÍCULO CUARTO: Los premios, en las diferentes modalidades, tendrán una asignación de cinco millones de pesos ($5.000.000.oo) cada uno, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal- CDP No.3500073415, con fecha del 28 de Abril de 2017.

ARTÍCULO QUINTO: El premio se otorgará para cada una de las categorías descritas anteriormente y la asignación para cada una de ellas será indivisible. En casos especiales, según criterio del Jurado, este podrá otorgar hasta dos menciones de honor por cada categoría.

ARTÍCULO SEXTO: El Jurado Calificador lo escogerá el Alcalde de Santiago de Cali, tres por cada una de las categorías, con el apoyo de la Oficina de Comunicaciones de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía, entre profesionales idóneos en los campos académicos y/o del ejercicio periodístico, cuyos nombres se mantendrán en reserva hasta el día del fallo.

ARTÍCULO SÉPTIMO: El Jefe de la Oficina de Comunicaciones de la Secretaría de Gobierno coordinará todo lo relacionado con los aspectos operativos y logísticos del concurso y la ceremonia de entrega de los premios, asegurándose de que los jurados reciban los trabajos concursantes y verificando que se ajusten a las bases del concurso.

ARTÍCULO OCTAVO: Podrán participar todos los periodistas colombianos, extranjeros o nacionalizados que presenten la correspondiente solicitud de inscripción, respaldada con las certificaciones del Director del Programa o del Director del Medio en el cual se publicó o divulgó el tema con el cual se vincula al concurso, precisando fechas y horarios, CON TRABAJOS REALIZADOS CON BASE EN HECHOS O ACONTECIMIENTOS ACAECIDOS EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA.

ARTÍCULO NOVENO: No podrán participar trabajos realizados por personal de la Alcaldía de Santiago de Cali, entidades descentralizadas, unidades administrativas o alguno de sus organismos que estén bajo la vinculación de nómina o prestación de servicios.

ARTÍCULO DÉCIMO: Cada participante entregará a la Oficina de Comunicaciones de la Secretaría de Gobierno ubicada en el sótano 1 de la torre Alcaldía del CAM, los trabajos en una de estas tres opciones de presentación:

a) Copia electrónica

b) Documento escaneado

c) En físico

Para las tres opciones el trabajo debe ir acompañado de los requisitos exigidos en el artículo Décimo Cuarto.

Si los trabajos se van a entregar en físico a la Oficina de Comunicaciones de la Secretaría de Gobierno deben hacerlo en cuatro sobres (al menos uno con material original) y cada uno de ellos debe contener los documentos de soporte, solicitados en el artículo décimo cuarto.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Cuando participen periodistas en equipo deberán incluir la documentación expresa en el Artículo Décimo del presente Decreto, correspondiente a cada uno de los integrantes del equipo periodístico.

Mediante carta acta, el equipo designará un líder, quien representará el trabajo colectivo.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Acorde con el derecho de libertad de prensa, pueden participar periodistas independientes que se ajusten al ejercicio profesional señalado anteriormente y cuyos trabajos hubieran sido publicados en Medios de Comunicación con licencia acorde a la Ley.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Los trabajos que podrán participar en el XXXVII 'Concurso Anual de Periodismo y Reportería Gráfica Alfonso Bonilla Aragón' son aquellos publicados entre el 3 de agosto de 2016 y el 12 de julio de 2017, inclusive. Los participantes podrán presentar hasta dos trabajos: uno individual y otro en grupo; con excepción de los trabajos de Reportería Gráfica en Prensa, categoría en la cual el concursante podrá participar con dos trabajos, bien sea con dos fotografías individuales o con una individual y una serie.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Los trabajos concursantes deberán contener:

A. Carta de presentación para inscripción en el concurso

B. Carta del Director del Programa o Medio que acredite su vinculación al medio.

C. Cuando se trate de un trabajo en grupo, deberán entregar un acta que contenga la conformación del equipo periodístico, firmada por todos los concursantes y la designación de un líder del grupo.

D. Las certificaciones deben estar escaneadas y debidamente firmadas y deben ser enviadas, en los tiempos definidos en los artículos primero y segundo, al correo sara.qonzalez@cali.gov.co o entregarlos en la Oficina de Comunicaciones en un CD, DVD o memoria USB.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: La Oficina de Comunicaciones de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía de Santiago de Cali se compromete, a solicitud de los participantes, a devolver los trabajos concursantes, excepto aquellos que no fuesen reclamados durante los treinta (30) días calendario, siguientes al fallo.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Los trabajos deben ser presentados tal como aparecieron publicados. No se aceptarán recortes a los textos, ediciones, montajes, adiciones, o alteración de cualquier tipo a las fotografías, sea manual o electrónica. Si así ocurriera, tales trabajos serán eliminados del concurso.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Los trabajos que resulten premiados por el fallo del jurado se considerarán de propiedad de la Alcaldía y sus autores aprobarán su publicación, exhibición y usos publicitarios acordes a la ley. Aspecto este que se da por aceptado al momento de realizar la presentación del trabajo ante los organizadores del concurso.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: El presente Decreto rige a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Municipio de Santiago de Cali y deroga los actos administrativos que le sean contrarios.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santiago de Cali, a los (26 ) días del mes de Mayo de Dos Mil Diecisiete (2017).

MAURICE ARMITAGE CADAVID

Alcalde de Santiago de Cali

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