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DECRETO 4110.20.0323 DE 2016

(mayo 31)

Boletín Oficial No. 88. Año 2016, junio 1

ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI

Por el cual se suprimen unos empleos de la planta de cargos de la administración central municipal.

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,

en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, en concordancia con el Artículo 91 de la Ley 136 de junio 2 de 1994, modificado por el Artículo 29 de la Ley 1551 de 2012 y,

CONSIDERANDO

Que el Artículo 315 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establece las atribuciones del Alcalde, a saber:

"(…)3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo: representarlo judicial y extrajudicialmente."

"7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.(…)"

Que, en armonía con lo anterior, la Ley 136 de junio 2 de 1994 "Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.", señala las funciones del Alcalde Municipal en el Artículo 91, modificado por el Artículo 29 de la Ley 1551 de julio 6 del 2012, indicando que:

"(…)ARTICULO 29. Modificar el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, el cual quedará así:"

"Artículo 91 Funciones. Los alcaldes ejercerán las funciones que les asigna la Constitución, la ley, las ordenanzas, los acuerdos y las que le fueren delegadas por el Presidente de la República o gobernador respectivo."

"Además de las funciones anteriores, los alcaldes tendrán las siguientes:"

"d) En relación con la Administración Municipal:"

"1. Dirigir la acción administrativa del municipio: asegurar el cumplimiento de las funciones y de la prestación de los servicios a su cargo: representarlo judicial y extrajudicialmente."

"4. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado."(subrayado fuera del texto)

"Los acuerdos que sobre este particular se expidan podrán facultar al alcalde para que sin exceder el monto presupuesta! fijado, ejerza dicha función pro témpore, en los términos del artículo 209 de la Constitución Política.(…)"

Que mediante el Decreto N°411.0.20.0043 del 5 febrero del 2015, se actualizó la planta de cargos del nivel central del municipio de Santiago de Cali.

Que en la actualidad se encuentran los siguientes cargos, con fuente de financiación de recursos propios del Municipio de Santiago de Cali y adscritos a la Secretaría de Educación Municipal en el Instituto Popular de Cultura:

NOMBRESIDENTIFICACIÓNDENOMINACIÓN DEL CARGOCÓDIGOGRADONÚMERO DE POSICIÓNUNIDAD ORGANIZATIVAASIGNACIÓN BÁSICA MENSUALMOTIVO RETIRO
MORENO LUIS EDUARDO6089019MUSICO ACOMPAÑANTE406012000256610000153519.290RENUNCIA
RUIZ HILDA29094454MODELO 32 HORAS404012000256910000153262.875POR EDAD
MARIA DE LOS R. VARELA31237329PROFESOR 68 HORAS MES0080120000994100001531.407.019POR EDAD
GALLEGO SANCHEZ EDGAR6452715PROFESOR 80 HORAS MES0100120000997100001531.655.316POR EDAD
PALOMINO DE LA CRUZ JAIRO14957405PROF88 HORAS MES ESOR EE1040120001004100001531.820.848POR EDAD
WALIS LUNA LUCIANO14964791PROFESOR 72 HORAS MES0090120000996100001531.489.784POR EDAD

Que estos retiros no generan vacante, los cargos del Instituto Popular de Cultura son innominados, se requiere legalizar la Planta de Cargos y la supresión de los cargos relacionados en el cuadro anterior.

Que en virtud de lo anterior,

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. SUPRIMIR los siguientes cargos con fuente de financiación de recursos propios del Municipio de Santiago de Cali y adscritos a la Secretaría de Educación Municipal en el Instituto Popular de Cultura:

DENOMINACIÓN DEL CARGOCÓDIGOGRADONÚMERO DE POSICIÓNUNIDAD ORGANIZATIVAASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL
MUSICO ACOMPAÑANTE406012000256610000153519.290
MODELO 32 HORAS404012000256910000153262.875
PROFESOR 68 HORAS MES0080120000994100001531.407.019
PROFESOR 80 HORAS MES0100120000997100001531.655.316
PROFESOR EE 88 HORAS MES1040120001004100001531.820.848
PROFESOR 72 HORAS MES0090120000996100001531.489.784

ARTÍCULO SEGUNDO. REMITIR copia del presente Acto Administrativo, a Secretaría General, al Despacho Alcalde, a la Secretaría de Educación Municipal, al Instituto Popular de Cultura, a la Dirección de Desarrollo Administrativo, a la Subdirección Administrativa del Recurso Humano, al Proceso de Gestión de Seguridad Social Integral, al Proceso de Liquidaciones Laborales: Subproceso de Activos, al Proceso de Gestión y Desarrollo Humano: Subproceso Selección y Vinculación, Subproceso Administración de Planta, Subproceso de Planeación del Talento Humano, Subproceso Administración de Historias laborales, para lo de su competencia y respectivos fines legales y administrativos.

ARTÍCULO TERCERO. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santiago de Cali, a los treinta y un(31 ) del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016).

MAURICE ARMITAGE CADAVID

Alcalde de Santiago de Cali

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