DECRETO 4112.010.20.0178 DE 2025
(abril 30)
Boletín Oficial No. 61. Año 2025, abril 30
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por medio del cual se adoptan medidas para garantizar el evento maratón de Cali 2025 en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, y se dictan otras disposiciones.
EL ALCALDE DISTRITAL DE SANTIAGO DE CALI,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 315 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2o de la Constitución Política de Colombia establece:
“Artículo 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.”
Que el artículo 52 de la Constitución Política de Colombia establece:
Artículo 52, modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo No. 2 de 2000. El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas.
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece:
“Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...)”
Que conforme con lo dispuesto en el artículo 315 numeral 3o de la Constitución Política de Colombia, son atribuciones del alcalde entre otras la siguiente, “Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; (...)
Que la Ley 1933 de 2018 reconoció al municipio de Santiago de Cali como Distrito Especial Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios.
Que mediante Acuerdo No. 0560 del 2022, se adoptó la Política Pública del Deporte, La Recreación y la Actividad Física “CALI CIUDAD DEPORTIVA, en Santiago de Cali, la cual tiene como uno de sus ejes estratégicos posicionar al Distrito de Cali como ciudad destino del deporte, convirtiéndola en un referente nacional e internacional en la realización y legado de eventos.
Que mediante Acuerdo No. 0578 del 2024, aprobó el Plan de Desarrollo del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali 2024-2027 denominado “CALI CAPITAL PACIFICA DE COLOMBIA”, dentro del cual se establece como uno de los tres propósitos que buscan generar cambios en el bienestar y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, el de “Cali Reconciliada”, cuyo objetivo es “Reconciliar a los caleños a través del diálogo social para el logro de la paz y el desarrollo de la Cali, a través de acciones encaminadas a cerrar las brechas sociales y económicas existentes, a partir de la recuperación de la seguridad, la promoción de la sana convivencia y el fomento de la justicia; así como desde la generación de oportunidades y capacidades en nuestros ciudadanos, que brinde condiciones realmente oportunas para realizar sus proyectos de vida”.
Así mismo el Plan de Desarrollo establece como reto del propósito No.1 “oportunidades para la integración social y económica” donde encontramos el programa “Cali, Distrito, Cultural y Turístico” que busca potenciar las vocaciones culturales, deportivas y turísticas que hacen de nuestro territorio un Distrito Especial, a partir de atractivos culturales, naturales y nuestras fortalezas en infraestructura y servicios deportivos.
Que el Distrito de Santiago de Cali se ha consolidado como la cuna de grandes eventos deportivos en Colombia y Suramérica, gracias a su infraestructura, tradición deportiva y capacidad organizativa. Además, su reconocimiento como Capital Deportiva de América refleja su compromiso con el desarrollo del deporte en todas sus manifestaciones, desde el alto rendimiento hasta la recreación comunitaria. Este legado ha permitido que Cali continúe atrayendo eventos de gran magnitud, impulsando su proyección global y promoviendo el deporte como eje de transformación social y crecimiento económico.
Que, para el Distrito de Santiago de Cali, albergar eventos deportivos y recreativos innovadores, tanto locales como nacionales e internacionales, representa una valiosa oportunidad. Estos eventos no solo generan beneficios en términos de posicionamiento y visibilidad de la ciudad, sino que también impulsan la economía local a través de la generación de ingresos, la adecuación de infraestructura deportiva, la creación de empleos y el fortalecimiento de la capacidad del territorio para acoger grandes retos. En este sentido, ser sede de este tipo de encuentros constituye un hito significativo en el camino hacia la consolidación de la ciudad como “CALI CIUDAD DEPORTIVA”.
Por lo tanto, los eventos deportivos se presentan como una excelente oportunidad para aumentar los atractivos turísticos de la ciudad de Santiago de Cali y del Departamento del Valle del Cauca. Asimismo, contribuyen significativamente al cumplimiento de los objetivos definidos en el Plan de Desarrollo, especialmente en lo que respecta a la promoción del turismo, el posicionamiento de Cali como “CIUDAD DEPORTIVA” y la consolidación de una oferta recreativa y cultural de calidad para residentes y visitantes.
Que, el atletismo en Colombia ha ganado importancia en los últimos años, no solo como un deporte en sí mismo, sino también como un medio para promover el deporte en familia, ya que es una actividad que puede realizar desde el más pequeño de la familia hasta el más grande.
El impulso de las carreras atléticas recreativas en Cali ha sido respaldado por diversas iniciativas públicas y privadas, así como por el aumento del interés de la población en la actividad física y el deporte. Además, la celebración de eventos deportivos de renombre internacional en la ciudad, como la Media Maratón de Cali, la Carrera de la luz, la Carrera del Pacifico entre otras ha contribuido a fortalecer la cultura deportiva y el gusto por la práctica del running y otras disciplinas atléticas recreativas.
La maratón es una carrera de larga distancia que consiste en recorrer una distancia de 42 km, esta disciplina forma parte del atletismo desde los juegos Olímpicos de Atenas en 1896, en la categoría masculina y desde los Ángeles en 1984 en la categoría femenina.
Que, bajo la premisa anterior, el 04 de mayo de 2025 se llevará a cabo la Maratón de Cali 2025, un evento histórico para la ciudad, siendo la primera vez que se realiza una maratón oficial en la capital vallecaucana. Con una organización de talla mundial y un recorrido avalado por World Athletics, este evento no solo posiciona a Cali en el circuito global del atletismo, sino que la consolida como un destino privilegiado para el turismo deportivo. Su impacto va más allá de lo competitivo, ya que la maratón se convierte en un motor de desarrollo económico y social, generando oportunidades para diversos sectores de la ciudad. Su carácter internacional y masivo queda evidenciado en su convocatoria: con 10.000 corredores inscritos, el 62% proviene de fuera de Cali, lo que refuerza su atractivo como evento de ciudad y su potencial para dinamizar la hotelería, la gastronomía, el comercio y la recreación.
Que la Maratón de Cali 2025 contempla tres trayectos: 42K,15k y 4.2k, dichos trayectos están inmersos dentro de la distancia más amplia de 42 kilómetros, los cuales se detallan a continuación:
RECORRIDO 42k
El punto de partida se establece en la Calle 9 con Carrera 39, avanzando en sentido norte por la Carrera 39 hasta la Carrera 29. En este punto, se gira a la izquierda para tomar la Calle 7, continuando por esta vía hasta la Calle 5. Allí, se utiliza el carril izquierdo para ingresar al Túnel Mundialista, accediendo posteriormente a la Calle 15 Norte y desde allí a la Avenida 6A Norte, que se recorre hasta llegar a la Autopista Oriental. Se gira a la derecha por la Avenida 4 Norte, la cual se convierte posteriormente en la Avenida 2BIS Norte. Al llegar a la Calle 25 Norte, se realiza un giro a la derecha para tomar la Avenida Vázquez Cobo, que desemboca en la glorieta ubicada frente a MetroCali. Desde allí, se gira a la derecha para continuar por la Avenida de las Américas hasta llegar a la Torre de Cali. En ese punto, se gira nuevamente a la derecha para tomar la Avenida 3 Norte, la cual conecta con la Avenida 1 Norte. Al llegar a la Calle 2A, se gira a la izquierda para tomar la Avenida Colombia, y posteriormente se gira a la derecha para tomar la Calle 5, pasando frente al Hotel Intercontinental. El recorrido continúa descendiendo por la Calle 5 hasta conectar con la Avenida Roosevelt, la cual se recorre hasta desembocar nuevamente en la Calle 5, a la altura de la Plaza de Toros. Allí, se gira a la izquierda por la Carrera 56 hasta llegar a la Calle 13, donde se gira a la derecha hasta el retorno ubicado antes del centro comercial Unicentro. En este punto, se gira a la derecha para tomar la Carrera 86, avanzando hasta el siguiente retorno para incorporarse a la Carrera 85C Bis, y luego nuevamente a la Carrera 86 hasta llegar a la Calle 13. Se gira a la derecha por la Calle 13 y posteriormente a la derecha por la Carrera 83, hasta llegar al retorno ubicado en la Calle 14A. Se regresa por esta misma vía hasta la Calle 13, para girar a la izquierda por la Carrera 80, y luego a la izquierda nuevamente para tomar la Calle 25 (Avenida Simón Bolívar). Se continúa por esta vía hasta la Carrera 56, y luego por la Calle 13 hasta la Diagonal 23, frente al Hotel La Luna. Desde allí, se realiza el retorno para tomar nuevamente la Calle 13 con Carrera 56, girando a la derecha hasta la Calle 9, y desde allí continuar hasta el punto de llegada, ubicado en la Calle 9 con Carrera 39.

RECORRIDO 15k
El punto de partida se establece en la Calle 9 con Carrera 39. Desde allí, se tomará el recorrido en sentido norte por la Carrera 39 hasta la Carrera 29, donde se realiza un giro a la izquierda para tomar la Calle 7. Se continúa por dicha vía hasta la Calle 5, utilizando el carril izquierdo para ingresar al Túnel Mundialista, para llegar a la Calle 15 Norte. Posteriormente, se toma la Avenida 6A Norte con Calle 34 Norte, donde se realiza un giro a la derecha para incorporarse a la Avenida Vázquez Cobo. Esta vía desemboca en la glorieta ubicada frente a las instalaciones de MetroCali, desde donde se gira a la derecha para tomar la Avenida de las Américas, avanzando hasta la Torre de Cali. En ese punto, se gira a la derecha para tomar la Avenida 3 Norte, que conecta con la Avenida 1 Norte. Al llegar a la Calle 2A, se gira a la izquierda para tomar la Avenida Colombia. Seguidamente, se gira a la derecha para tomar nuevamente la Calle 5, después del Hotel Intercontinental. El recorrido continúa por la Calle 5 hasta empalmar con la Avenida Roosevelt, la cual se recorre hasta la Carrera 44. En esta intersección se gira a la izquierda para tomar la Calle 9, transitándola en su totalidad hasta llegar nuevamente al punto de meta, ubicado en la Calle 9 con Carrera 39.

RECORRIDO 4.2k
El punto de partida se establece en la Calle 9 con Carrera 39. Desde allí, se tomará el recorrido en sentido norte hasta la Carrera 29, donde se girará a la izquierda para continuar por la Calle 7. Luego, se gira nuevamente a la izquierda por la Carrera 27 hasta llegar a la Avenida Roosevelt. Se tomará la Avenida Roosevelt en dirección oeste hasta la Carrera 44, donde se realizará un giro a la izquierda para llegar a la Calle 9. Finalmente, se recorrerá toda la Calle 9 hasta llegar al punto de meta, ubicado nuevamente en la Calle 9 con Carrera 39.

Que la Maratón de Cali 2025, cuenta con los permisos, autorizaciones y avales correspondientes por parte de la Administración Distrital, lo cual garantiza que su realización cumple con los requisitos legales, técnicos y logísticos establecidos para el desarrollo de eventos de carácter masivo en el espacio público. Estos permisos han sido tramitados ante las entidades competentes, incluyendo los conceptos favorables de movilidad, seguridad, salud, gestión del riesgo y uso del espacio, lo que asegura que la actividad se desarrolla en condiciones adecuadas para la protección de los participantes, el orden público y el bienestar general de la ciudadanía.
Dado que el circuito de 42K inicia su recorrido a las 5:00 a.m., se prevé la llegada de los atletas al punto de partida desde las 4:30 a.m. Por lo tanto, el montaje y la adecuación del circuito deben comenzar con varias horas de antelación, con el fin de garantizar la correcta instalación de los puntos de hidratación, señalización, cierres viales, dispositivos de seguridad y demás condiciones necesarias para el adecuado desarrollo de la carrera.
Que, en el marco de la realización de la Maratón de Cali 2025, es imperativo garantizar las condiciones óptimas para el montaje, desarrollo y ejecución del evento, dado que se trata del evento deportivo de ciudad más importante del primer semestre del año. En este sentido, la articulación de todas las dependencias de la Administración Distrital resulta fundamental para asegurar que cada componente logístico, operativo y de seguridad se desarrolle sin contratiempos, permitiendo que la jornada se lleve a cabo con el mayor nivel de eficiencia y minimizando cualquier tipo de riesgo que pueda afectar a los participantes, organizadores y ciudadanía en general.
Que, en razón del impacto del evento y el número de corredores esperados, resulta indispensable que las autoridades competentes adopten medidas que permitan garantizar el adecuado funcionamiento de los dispositivos de movilidad, orden público y servicios esenciales. Para ello, se requiere una articulación efectiva entre la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Seguridad y Justicia, la Secretaría de Deporte y Recreación, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, la Secretaría de Salud, la Policía Metropolitana de Santiago de Cali y demás entidades responsables, con el fin de mitigar cualquier afectación a la infraestructura vial y garantizar el bienestar de la ciudadanía.
Que de conformidad con lo previsto en el Decreto Extraordinario No. 411.0.20.0516 del 28 de septiembre del 2016, La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP frente al seguimiento de la prestación del servicio público de aseo por parte de los operadores y en articulación con ellos, acordará los ajustes necesarios en las frecuencias y horarios en la prestación del servicio público de aseo, en los componentes de: Barrido de vías y limpieza de áreas públicas y recolección de residuos ordinarios para garantizar condiciones de limpieza del espacio público previas en el circuito donde se realizará la maratón.
Que para lograr el objetivo de permitir que las labores de montaje y logística se realicen sin interferencias, es fundamental establecer un plan de recolección de residuos efectivo que opere de manera coordinada antes, durante y después del evento. Esto implica la asignación de personal encargado de la limpieza antes, durante y después en todos los puntos del recorrido y la disposición de contenedores adecuados para garantizar que los desechos no interfieran con el desarrollo de la Maratón de Cali 2025. De esta forma, se contribuye a la imagen positiva de la ciudad, asegurando que la Maratón de Cali 2025 no solo sea un éxito deportivo, sino también un ejemplo de organización y responsabilidad ambiental, en línea con los principios de eficiencia y transparencia que rigen la Administración Pública del Distrito Especial de Santiago de Cali.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8o del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de decreto fue publicado en la página web de la Alcaldía de Santiago de Cali
(https://www.cali.gov.co/juridica/publicaciones/175985/proyectos-de-normas-para-comentarios/), desde el 22 hasta el 28 de abril de 2025, con el fin de recibir opiniones, sugerencias, propuestas alternativas o modificaciones por parte de la ciudadanía. No obstante, una vez vencido el plazo establecido, no se recibieron observaciones ni propuestas por parte de la comunidad.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Establecer en el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, la realización del evento MARATÓN DE CALI 2025, que se llevará a cabo el día 4 de mayo del año 2025 en el horario de las 05:00 a.m. hasta las 12:00 p.m.
ARTÍCULO SEGUNDO. Establecer como recorrido oficial de la Maratón de Cali 2025, el siguiente trazado:
RECORRIDO DISTANCIA 42K / Salida 5:00 am
Salida: Carrera 39 - calle 9 sentido Sur - Norte / Calle 9 / Carrera 29 / Calle 7 / Calle 5 / Avenida Colombia - Túnel Mundialista / Calle 15 - Puente / Avenida 6 norte / Avenida 6a Norte /Autopista oriental - Calle 70 / Avenida 4 Norte /Avenida 2bis norte / Calle 25 norte /Avenida 2b norte / Glorieta del terminal / Avenida de las Américas / Avenida 3 norte / Avenida 2 Norte / Avenida 1 Norte / Calle 2a - Retorno Avenida Colombia / Calle 5 / Avenida Roosevelt / Calle 5 / Carrera 56 / Calle 13 / Retorno Carrera 97 / Carrera 86 / Retorno Calle 14a / Calle 13 / Carrera 3 / Retorno calle 14a / Calle 13 / Carrera 80 / Calle 25 / Carrera 56 / Calle 13 Sentido Sur-norte / Retorno Autopista suroriental bajo puente de la luna / Calle 13 sentido Norte-Sur / Carrera 56 / Calle 9 / Meta: Carrera 39 - calle 9 sentido Sur - Norte / FINAL DEL RECORRIDO META.

RECORRIDO DISTANCIA 15K / Salida 6:00 am
Salida: Carrera 39 - calle 9 sentido Sur - Norte / Calle 9 / Carrera 29 / Calle 7 / Calle 5 / Avenida Colombia - Túnel Mundialista / Calle 15 - Puente / Avenida 6 norte / Calle 34 norte / Avenida 2b norte / Glorieta del terminal / Avenida de las Américas / Avenida 3 norte / Avenida 2 Norte / Avenida 1 Norte / Calle 2a - Retorno Avenida Colombia / Calle 5 / Avenida Roosevelt / Carrera 44 / Calle 9 / Meta: Carrera 39 - calle 9 sentido Sur - Norte. FINAL DEL RECORRIDO META.

RECORRIDO DISTANCIA 4,2K / Salida 8:00 am
Salida: Carrera 38 - calle 9 sentido Sur - Norte / Calle 9 / Carrera 29 / Calle 7 / Carrera 27 / Avenida Roosevelt / Carrera 44 / Calle 9 / Meta: Carrera 39 - calle 9 sentido Sur - Norte FINAL DEL RECORRIDO META

ARTÍCULO TERCERO. Establecer el cronograma de apertura de vías, las cuales serán habilitadas de manera progresiva, conforme avance el evento y se obtenga la validación de las autoridades competentes en materia de tránsito, seguridad y logística.
PARÁGRAFO. Las rutas del sistema de transporte público podrán normalizar su operación a medida que se realice la reapertura de las vías.
| Hora | Apertura |
| 6:50:00 a.m. | Apertura Túnel Mundialista por la Calle 5 salida hacia la Cra 1 |
| 7:05:00 a.m. | Apertura Av. 6N a la altura del puente de Chipichape |
| 6:40:00 a.m. | Apertura de Av. 6N y Cra 70N |
| 7:40:00 a.m. | Apertura av. 2N Cra 1 y Túnel Mundialista en su totalidad |
| 8.30:00 a.m. | Apertura Av. Roosvelt en su totalidad |
| 9:00:00 a.m. | Apertura Calle 5 y Cra 56 hasta la Pasoancho |
| 9:20:00 a.m. | Apertura de la Pasoancho desde la Cra 5b hasta Unicentro en sentido norte - sur |
| 10:00:00 a.m. | Apertura Cra 86 Cra 83 |
| 10:20:00 a.m. | Apertura en su totalidad de la Av. Simón Bolívar |
| 10:40:00 a.m. | Apertura desde la Av Simón Bolívar con Cra 56 hasta la Pasoancho |
| 11:00:00 a.m. | Apertura desde Av. Pasoancho con Cra 56 hasta Cra 32 sentido sur - norte |
| 11:20:00 a.m. | Apertura hasta Puente de la Luna |
| 11:40:00 a.m. | Totalmente habilitada la Pasoancho - desmontaje tarima y hospital |
| 12:00:00 p.m. | Apertura Calle 9 hasta la Cra 42 |
ARTÍCULO CUARTO. La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, en coordinación con los operadores de aseo, realizarán los ajustes necesarios en las frecuencias y horarios del servicio público de aseo, incluyendo el barrido de vías, limpieza de áreas públicas y recolección de residuos ordinarios, con el fin de garantizar condiciones óptimas de limpieza del espacio público en el circuito donde se desarrollará la maratón de Cali 2025.
ARTÍCULO QUINTO. Ordénese a la Ordenar a la Secretaría de Movilidad del Distrito Especial de Santiago de Cali la elaboración, coordinación y ejecución de un plan operativo de cierres viales y desvíos, con ocasión de la realización de la Maratón de Cali 2025.
ARTÍCULO SEXTO. Ordenar a la Secretaría de Seguridad y Justicia del Distrito Especial de Santiago de Cali la implementación de un esquema integral de seguridad en todo el perímetro del circuito donde se desarrollará la Maratón de Cali 2025.
Para tal efecto, se deberá coordinar con las distintas autoridades del orden distrital, departamental y nacional la instalación y operación del Puesto de Mando Unificado - PMU, desde el cual se articularán las acciones de prevención, control, atención de emergencias y respuesta inmediata durante el desarrollo del evento.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Ordenar a la Secretaría de Salud del Distrito Especial de Santiago de Cali disponer de los recursos y medios necesarios para la atención oportuna de cualquier emergencia médica que pueda presentarse durante la realización de la Maratón de Cali 2025.
Para tal efecto, deberá coordinar la disponibilidad de centros hospitalarios de referencia, así como la ubicación estratégica de ambulancias con personal médico capacitado a lo largo del recorrido y en las zonas de concentración. Estas acciones deberán garantizar la atención inmediata de posibles accidentes o situaciones de riesgo que afecten tanto a los competidores como a los espectadores del evento.
La Secretaría de Salud deberá articular este componente con el Puesto de Mando Unificado - PMU y demás organismos de respuesta, a fin de asegurar una intervención eficaz ante cualquier contingencia.
ARTÍCULO OCTAVO. Ordénese a la Secretaría del Deporte y la Recreación del Distrito Especial de Santiago de Cali, coordinar con los Organismos y Entidades vinculadas y adscritas del sector central y descentralizado del Distrito Especial de Santiago de Cali las acciones necesarias para el correcto desarrollo de la Maratón de Cali 2025, incluyendo su apoyo logístico, la participación activa de su personal y la difusión del evento entre sus públicos.
ARTÍCULO NOVENO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y será publicado en el Boletín Oficial del Distrito de Santiago de Cali.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dado en Santiago de Cali, a los treinta (30) días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025).
ÁLVARO ALEJANDRO EDER GARCÉS
Alcalde Distrital de Santiago de Cali