DECRETO 4112.101.20.0124 DE 2023
(marzo 22)
Boletín Oficial No.45. Año 2023, marzo 22
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Por el cual se exalta la vida y obra del maestro Hernando Tejada Sáenz, en la ciudad de Santiago de Cali
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE CALI,
en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el Artículo 315 de la Carta Política, en concordancia con el artículo 91 de la Ley 136 de 1994,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 1933 de 2018 ha sido reconocida como Distrito Especial Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicio, por lo que su actuar debe ser en consonancia con esta declaratoria, lo que implica que el rol cultural que en el distrito se ejerce debe estar enmarcado en acciones propositivas para la conservación de la memoria, la historia, el fortalecimiento de las artes, entre otros aspectos relacionados con el quehacer cultural de la ciudad.
Que el acuerdo Distrital No. 447 de 2020 del Concejo de Santiago de Cali, “por el cual se adopta el Plan de Desarrollo del Distrito Especial Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali 2020-2023” Cali, “unida por la vida”, en su artículo 10. Dimensión 2. Cali, Solidaria por la Vida, establece la línea estratégica 205: Cali corazón de las Culturas, Programa 205001 Salvaguardar y protección del patrimonio cultural, el cual busca identificar, visibilizar, proteger y salvaguardar el patrimonio material e inmaterial del territorio, realizando acciones orientadas a la preservación de la memoria, reconocimiento de valores ancestrales y fortalecimiento de la identidad cultural y el sentido de partencia de la ciudadanía.
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 8 establece que es "obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación".
Que para cumplir los objetivos estatales frente al patrimonio cultural establecidos en la Ley 397 de 1997 "por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, para esto él Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura en cumplimiento de sus competencias y cabeza del Sistema Nacional de Patrimonio Cultural - SNPC, y encargado de formular la política, establecer los lineamientos dirigidos a la salvaguardia, la protección, la recuperación, la conservación, la sostenibilidad y la divulgación del mismo, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro.
Que es deber de la administración distrital de Santiago de Cali, la ley 397 de 1997 y la ley 1185 de 2015, entre otra normatividad reglamentaria y complementaria, promover el acceso a la cultura de la ciudadanía como también fortalecer esos rasgos distintivos que hay en la cultura de su territorio.
Que el artículo 5 de la Ley 397 de 1997, modificado por el Artículo 2 de la Ley 1185 de 2008 establece que “la política estatal en lo referente al patrimonio cultural de la Nación, tendrá como objetivos principales la protección, la conservación, la rehabilitación y la divulgación de dicho patrimonio, con el propósito de que éste sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro”.
Que el próximo 1 de junio se cumplen 25 años del fallecimiento del maestro Hernando Tejada Sáenz, conocido como “Tejadita” quien aportó en la construcción de la identidad icónica de la Ciudad de Cali con su obra artística.
Que el 1 de febrero del año 2024 se cumplen 100 años de su natalicio, por lo que la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali, considera oportuno reconocer su aporte artístico y cultural, exaltando su vida y obra en esta vigencia y preparando la conmemoración de su centenario.
Que, en ese sentido, la Administración Distrital conocedora del aporte a las artes plásticas, a la tradición caleña, a la cultura del Pacífico, al muralismo, en la ciudad de Santiago de Cali, considera importante se exalte la figura del artista plástico Hernando Tejada Sáenz, conocido comúnmente como “Tejadita” con ocasión de las fechas antedichas.
Que, en el año de su exaltación, la Administración Distrital de Santiago de Cali, a través de la Secretaría de Cultura, adelantará acciones que reconozcan el aporte a las artes del maestro Hernando Tejada Sáenz “Tejadita” y, para ello, podrá liderar encuentros, seminarios, visitas guiadas, disertaciones, exhibiciones, alianzas culturales, proyección de documentales, entre otras actividades con la administración central y descentralizada, como también con entidades del orden público y privado del orden local o nacional.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. EXÁLTESE, la vida y obra del maestro Hernando Tejada Sáenz “Tejadita”, con ocasión de los 25 años de su fallecimiento en el Distrito Especial Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali.
ARTÍCULO SEGUNDO. GESTIONAR las actividades preparatorias para la celebración de los 100 años de su natalicio que se cumplen en el año 2024, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este decreto.
ARTÍCULO TERCERO. SOLICÍTESE a la Secretaría de Cultura del Distrito de Santiago de Cali, Secretaría de Educación, Secretaría de Turismo, Unidad Administrativa Especial Estudio Takeshima, Instituto Popular de Cultura IPC y demás organismos adscritas a la Administración Distrital, Museo la Tertulia, Cámara de Comercio de Cali y demás entidades privadas o públicas que deseen adelantar actividades socioculturales tales como: recorridos guiados a los murales de Hernando Tejada, convocatorias a talleres sobre su obra, conversatorios alrededor de su vida y obra y la influencia de la misma en el arte contemporáneo, seminarios, visitas al parque del Gato del río, proyección de documentales producidos sobre su vida y obra, exhibición de material audiovisual de la vida y obra de Hernando Tejada Sáenz “Tejadita, realización de convocatorias con el propósito de conmemorar y honrar la memoria del eximio maestro.
ARTÍCULO CUARTO. EXÁLTESE la memoria del maestro Hernando Tejada Sáenz “Tejadita”, a través de sus familiares, en acto conmemorativo que se llevará a cabo durante el mes de junio del año 2023.
ARTÍCULO QUINTO. El presente decreto rige a partir de su expedición y será publicado en el Boletín Oficial de la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Santiago de Cali, a los (22) días del mes de Marzo 2023
JORGE IVÁN OSPINA GÓMEZ
Alcalde de Santiago de Cali.